No se reconoce, en ese escenario, un tema de relevancia institucional que autorice a abrir un debate social con el fin de aportar ideas, perfilar diagnósticos y sugerir posibles alternativas. En cambio, se ha planteado una epopeya democratizadora. Urgente. Necesaria. De forma tal que justifique por sus objetivos el modo imperativo, el apuro y la negativa a escuchar otras propuestas o sugerencias de modificaciones.
Semejante lógica descalifica a quienes no comparten el camino propuesto. Ellos quedan sospechados de defender privilegios aristocráticos y un sistema judicial muy poco preparado para garantizar derechos en forma justa, rápida y eficaz. Así, este maniqueísmo hace difícil querer estar en ese lado de la disputa.
La necesidad de democratizar la Justicia y los objetivos propuestos son valiosos. Hace muchos años que la Argentina adeuda una reforma profunda en su sistema judicial que abarque todos sus componentes.
Pero el discurso encuentra su límite cuando se estudian los textos de los proyectos de ley presentados por el PEN. Entonces, el relato se percibe sólo como música de fondo y lo que vale es la letra de cada proyecto. Porque es allí donde se definen las normas que regirán la vida de los argentinos.
Es sorprendente que no haya ni un solo renglón dedicado a la justicia penal, cuando las mayores quejas sobre la Justicia se refieren a la lentitud y poca eficacia de ese fuero. Hay también una constante queja respecto de la demora en los juicios de los jubilados contra el Anses. Aquí sí ha habido novedades y serán contra el ciudadano. Habrá ahora una instancia más, el nuevo tribunal de casación, como paso previo a obtener una sentencia de la Corte Suprema.
El proyecto de ley que propone modificar el Consejo de la Magistratura aumenta su número de integrantes de 13 a 19 miembros, cuya elección se hará en listas partidarias, en elecciones generales. Se convierte este organismo en un cuerpo político y partidario, sometido a las disputas de cualquier legislatura o concejo deliberante.
Este proyecto también modifica las mayorías para seleccionar ternas y destituir jueces. Los magistrados sabrán, si se sanciona esta ley, que cualquier partido político que obtenga la mitad más uno de los votos en el Consejo (antes se requerían 2/3) puede removerlo en pocos días; una mayoría, por cierto, bastante accesible. Ahora serán los partidos los que ofrezcan protección a los jueces o los embistan cuando se vuelvan molestos a sus intereses.
Los tres tribunales de casación que se pretenden crear harán más largo el camino en los fueros federales para llegar a una sentencia definitiva en la Corte. Otra vez, mayor lentitud para el ciudadano. Es probable que este esquema se complemente con la rápida organización de concursos para integrar estos tribunales durante la presente gestión presidencial. Esto genera una inevitable sospecha respecto del avance sobre la independencia de los jueces.
En esta discusión poco agrega pensarnos en los equívocos términos de "republicanistas" o "hegemónicos". Muchos de los hoy "republicanistas" supieron callar y ser serviles a la mayoría automática de la Corte menemista. Y muchos "hegemónicos", por su parte, se sienten parte del proceso político que inicialmente consolidó la mejor integración de la Corte Suprema de Justicia de la que tengamos memoria.
Transcribo tres citas textuales pronunciadas por Cristina Fernández en ocasión de debatir la anterior reforma al Consejo de la Magistratura (hoy ley en vigor). Las dos primeras corresponden a la versión taquigráfica de la reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado del 20 de diciembre de 2005, y la tercera, a la del 29 de noviembre del mismo año.
"Este dictamen está propiciando la reducción de un cuerpo elefantiásico, de 20 miembros, con más de 240 funcionarios designados; cada consejero con más de ocho o nueve funcionarios a cargo, muchos con sueldos de camaristas federales, lo cual ha significado una terrible erogación para el Estado y no ha reportado en un mejor funcionamiento de la Justicia."
"Ahora bien, usted dice: mejorar la representación y la rendición de cuentas, por ejemplo, de jueces y magistrados. Por ejemplo, que pudieran ser sometidos los cargos a elección popular. No me parece mal la figura. El problema que nosotros tenemos ahí es también el tema de la propia Constitución, ya que ella fija que tienen que ser representantes de los jueces y de los magistrados."
"...Seguimos manteniendo las mismas mayorías de dos terceras partes para la propuesta y destitución de magistrados. Reitero, las dos funciones esenciales, si mal no recuerdo, explicitadas en la Convención Constituyente fueron sustraer de la esfera exclusivamente política la designación y destitución de jueces... Creo que la garantía de los jueces respecto de emitir sus sentencias libremente está garantizada porque tanto su selección como destitución sigue exigiendo mayorías calificadas."
Hoy se aumenta el número de miembros del Consejo, se establece la elección de los consejeros jueces y abogados por voto popular, y se eliminó la mayoría calificada de 2/3 de votos para seleccionar o destituir magistrados. ¿A quién le creemos la voluntad de democratizar la Justicia? ¿A la senadora? ¿O a la Presidenta?