Se otorga exención del Impuesto Inmobiliario a los productores afectados por sequía cuando desarrollen como actividad principal la Agropecuaria y en proporción al porcentaje de la afectación.
Los productores beneficiados por la exención están nominados en las resoluciones 410/2023 y 465/2023, y por los inmuebles afectados en los siguientes partidos:
- General Villegas, Carlos Tejedor, Benito Juárez y Bolívar, (R. 410).
- Azul, Carlos Tejedor, Coronel Pringles, Guaminí, General Alvear, Gonzales Chaves y Trenque Lauquen (R 465).
Fuente: Chiara dia