En la normativa, se estableció que a partir del 18 de mayo las pymes agrícolas que intenten acceder a los créditos a tasa del 24% no podrán tener un acopio de su cosecha por un valor superior al 5% de su capacidad.
Además, el BCRA indicó que para determinar la exigencia de capital mínimo por riesgo de crédito de toda financiación, que no sean Mipyme y tengan un ratio de acopio superior al establecido, el importe resultante de aplicar sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras” se deberá multiplicar por un factor igual a cuatro.
Fuente: El Economista