La Secretaría de Gobierno de Agroindustria, a partir de la Resolución 26/2018 publicada hoy en el Boletín Oficial, fijó los nuevos márgenes de tolerancia para la faena de animales livianos, sancionándose únicamente aquellos animales que excedan el 10% de la tolerancia establecido.
Para la comercialización con destino a faena o la faena comercial (salvo vacas con destino comercial conserve/manufactura) el peso res con hueso logrado deberá seguir siendo superior a 165 kg a la vez que también se mantiene el monto de la caución ($10.000) y la tolerancia de que hasta un 10% de la tropa puedan estar por debajo de ese peso, siempre que supere los 149 kgs.
Es decir, que lo que se modificó es el criterio para fijar el monto de la caución. Hasta la fecha, y al haber una tolerancia del 10% si se enviaba una tropa de 40 cabezas, con cuatro livianos (menos de 300 Kg), no se caucionaba ya que estaba incluido en la tolerancia del 10%. Si los livianos eran cinco, se caucionaba el valor de $ 10.000 por los cinco al exceder el 10%.
La norma publicada en el día de la fecha destaca que solo caucionará y por el mismo valor el o los animales que superen el 10% que continúa vigente.
A partir de esta medida, se considera oportuno implementar nuevos márgenes de tolerancia en lo referido a la cantidad de animales livianos admisibles en cada tropa sin desvirtuar el objetivo de la medida, que es alentar la suba del peso de faena, por lo que el peso mínimo en vivo sigue en 300 kilos.
La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 31 de octubre.