El presidente Mauricio Macri firmó el decreto 640/2016, que modifica el nivel de los derechos de exportación que deben tributar algunos preparados que contienen soja entre sus ingredientes. La decisión apunta a evitar que se repitan maniobras en perjuicio del Fisco como las que se produjeron desde 2013, y que le costaron al país no menos de 200 millones de dólares.
Tal como informó Clarín hace unos días, en los últimos años un pequeño grupo de empresas aprovechó un resquicio en la legislación vigente para exportar sin pagar retenciones (o pagando solo 5% hasta diciembre pasado) una premezcla que contenía de 92 y 95% de harina de soja, y solamente de 5 a 8% de otros ingredientes, en especial maíz. De ese modo, hacían pasar por Aduana el producto como si fuera un "alimento balanceado" yevitaban pagar el 27% correspondiente a los subproductos de la soja.Una maniobra semejante, aunque de mucha menor envergadura, se producía con el aceite.
El decreto firmado por Macri y sus ministros Marcos Peña, Alfonso Prat Gay y Ricardo Buryaile intenta corregir ese vacío legal para poner un final definitivo a esas maniobras. En febrero pasado, otro decreto había frenado la posibilidad de que ese pequeño grupo de empresas siguiera exportando su dudosa premezcla sin pagar retenciones. Pero como elevó todas las posiciones arancelarias a 27%, también afectó a los fabricantes de alimentos balanceados que hacían las cosas de manera correcta. Por eso ahora la nueva norma -que fue publicada en el Boletín Oficial- intenta realizar una"sintonía fina".
Así las cosas, los diferentes preparados que contengan soja pagarán distintas alícuotas según sea el contenido de la oleaginosa y su modo de comercialización. Para empezar, seguirán tributando 27% de retenciones las "mezclas o preparaciones no alimenticias, de origen vegetal, que contengan soja", lo que es decir aquellas que se hacían pasar por alimento balanceado terminado, para eludir los descuentos aduaneros.
El peso de los derechos de exportación se reducirá significativamente, hasta 4%, en el caso de "preparaciones que contengan soja en una proporción inferior o igual al 30%" y sean exportadas en bolsas de hasta 50 kilos y con un granulado específico, ya que en estos casos sí correspondería considerar al producto como un alimento balanceado. En medio de ambos extremos, se definieron otra alícuotas intermedias para distintos productos.
Por otro lado, el gobierno también estableció una alícuota del 15% para las "mezclas de aceites refinados que no contengan aceite de soja". Con esto se apunta a evitar otra maniobra de los exportadores, que consistía en agregar a los embarques de aceite de soja (que deben tributar 27%) una pequeña fracción de aceite de palma, para también así evitar pagar las retenciones.