A partir de esta semana comenzó a regir una nueva normativa que obliga a informar todas las operaciones de compraventa de granos en forma online. Se hará a través de un sistema denominado “Siogranos”, que fue aprobado por la Comisión Nacional de Valores (CNV) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP) y se podrá ver ingresando a través de la página web www. siogranos.com.ar.
El objetivo que plantearon esos organismos fue que todos los eslabones del sector agropecuario puedan conocer los valores a los que se realizan las operaciones de granos. Anteriormente, no era obligatorio registrar este tipo de información.
La normativa abarca todas las operaciones, ya sean “disponible”, “contado”, “forwards”, “a fijar precio”, “canje”, “directas” u otras modalidades.
Ahora, con este procedimiento se debe declarar la fecha de concertación del negocio; el operador declarante y si es destinatario final o no; el vendedor; el producto; la modalidad de la operación; el volumen; el precio; el lugar de entrega; el plazo de entrega; la condición de pago; las condiciones de calidad; la procedencia de la mercadería; el destino de la mercadería y, de modo opcional, el número de contrato de las partes.
En este sentido, los productos que tendrán que ser declarados son: soja, maíz, trigo, girasol, aceite de soja, sorgo y cebada forrajera.
Javier Bujan, ex presidente del Centro de Corredores de la Bolsa de Cereales de Buenos Aires, se mostró muy conforme con este nuevo régimen. “Quizás no se vean ya los verdaderos beneficios de este sistema, pero será de gran utilidad en un mediano plazo. Se va ir mejorando de a poco”, manifestó.
Agregó que el país debe estar orgulloso con esta nueva disposición, ya que no hay ningún otro que establezca este tipo de normas todavía. Para Buján, que trabajó desde el inicio en el proyecto de esta norma, Siogranos será de gran ayuda para los corredores, pero sobre todo beneficiará a los productores.
En esta línea, detalló que algunos productores tienen mayor acceso a la información sobre los precios de los granos, pero otros tenían una información parcial de lo que sucedía en el mercado. “Si los productores tenían ‘algunas sospechas’ por la falta de claridad, ahora ya no la tendrán”, sostuvo.
Por el otro lado, la Bolsa de Comercio de Rosario explicó que el registro de cada operación tiene un plazo determinado, que es al término del día de concreción del negocio.
Así, quienes hagan operaciones que se declaren una vez vencido el plazo, serán sancionados. Además, la entidad rosarina aclaró que el sistema admitirá un solo declarante en cada operación: el corredor (si lo hubiera) o, en su defecto, el comprador.
Por último, la Bolsa rosarina aclaró que al 31 de enero ya existía la obligación de registrar todas las operaciones efectuadas durante un determinado mes, pero en forma retroactiva.