Para los especialistas, por otros motivos, también. Lo único que todos entienden claramente es que el Estado se prepara, una vez más, a meter la mano en el bolsillo.
¿Por qué no se ponen de acuerdo los representantes del pueblo en dictar una ley que clarifique todo? Más aún cuando la opinión unánime de los especialistas es que la totalidad de los asuntos impositivos debe regularse por ley, porque así lo impone la Constitución nacional y eso lo sabe cualquiera que esté mínimamente informado.
Está claro que el gobierno nacional, cuando empuja al gobernador bonaerense, Daniel Scioli, a actuar por decreto, ejecuta una decisión política. En efecto, la encerrona busca que Scioli asuma todo el costo de la impopular medida frente al campo; lo deja desnudo ante su debilidad para manejar a los legisladores justicialistas y, a la vez, le permite a la oposición lavarse las manos frente a un impuestazo que levantará polvareda.
Si se quiere, la solución que propicia la Casa Rosada también es legal. Hay varias leyes dictadas por la Legislatura bonaerense que delegaron en el Poder Ejecutivo la fijación de la valuación fiscal.
Pero a nadie se le escapa que si el Poder Ejecutivo, cuando obra a su sola discreción, puede decir que una hectárea de tierra que hoy está valuada, por ejemplo, en 500 dólares pasa a valer tres o diez veces más, el monto final que tendrá que pagar el propietario será muchísimo más alto. Incluso, hasta podría ser irrelevante que una ley eleve mínimamente la alícuota. Porque el resultado de multiplicar aquella suma alta por una alícuota baja siempre va a dar un resultado elevado.
El presidente del Instituto Tributario del Colegio de Graduados de Ciencias Económicas, César Litvin, dice que "si el mecanismo a utilizar es un decreto que dicta el gobernador -en uso de las facultades delegadas que le otorga la ley 10.707 de catastro provincial-, habrá que tener en cuenta que el artículo 60 de esa ley también establece una serie de requisitos, como, por ejemplo, conformar dos comisiones asesoras compuestas por representantes de municipios, de los consejos deliberantes, etcétera, y una serie de procedimientos que no han sido realizados a la fecha".
"El incumplimiento de estos requisitos -afirma- es una violación de la ley. Pero, además, es sano que toda reforma tributaria sea por ley."
El abogado tributarista Fernando Castellano afirma que "la valuación fiscal del bien, el hecho imponible, la base imponible, la alícuota de un impuesto, el sujeto obligado y todos los elementos del tributo sean establecidos por leyes, no por decretos".
"Eso se debe a que la Constitución nacional establece el principio de legalidad en materia tributaria. El legislador no puede delegar atribuciones en el Poder Ejecutivo. Claro que siempre es difícil plantear la inconstitucionalidad, porque el abogado del Estado puede decir que el valor real del inmueble subió mucho más que la valuación fiscal, pero la Constitución exige la sanción de una ley", explica Enrique Bulit Goñi, abogado tributarista y ex profesor del posgrado de la UBA.
La tributarista Flavia Melzi también afirma la necesidad de una ley. Pero añade: "En la práctica, las administraciones públicas evalúan que el riesgo de la judicialidad es menor que los beneficios, porque la mayoría de los contribuyentes no hacen juicio".