El Gobierno Nacional, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, en conjunto con ARCA (ex AFIP) y SENASA, continúa avanzando en la desburocratización y simplificación del comercio de productos agropecuarios, evitando la superposición y consolidando la complementariedad de las funciones de cada organismo.
En este sentido, con el objetivo de lograr registros únicos,
simples y ágiles, que garanticen la libre concurrencia al mercado y faciliten
una fiscalización inteligente, y avanzando hacia un registro único para la
cadena de granos, en esta etapa se termina la simplificación del Registro Único
de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), previo a su unificación con el Sistema de
Información Simplificado (SISA) que cubrirá tanto productores como operadores.
La Resolución N° 82/2024 publicada el día de hoy unifica actividades, redefine
sus alcances y elimina tanto requisitos innecesarios como los aranceles que se
cobraban para la inscripción de los operadores. Esto facilitará las
inscripciones y evitará que el operador tenga que hacer múltiples inscripciones
en el registro para poder comercializar.
Actualmente, por ejemplo, un operador que acopia granos (soja, maíz, trigo,
etc.) debe inscribirse como acopiador consignatario. Si además comercializa
maní o legumbres debe realizar dos inscripciones más por especie (Acopiador de
maní y Acopiador de legumbres). A partir de ahora, sólo deberá tener una única
inscripción para comercializar cualquier especie.
Los principales cambios del registro:
? Se eliminan los aranceles: la inscripción en el registro pasa a ser gratuita.
? Las inscripciones no tienen fecha de vencimiento, mientras se mantengan
vigentes los requisitos establecidos para su otorgamiento.
? Se detallan en la Resolución los requisitos necesarios para la actividad, sin
dar lugar a que se soliciten adicionales que no estén normados.
? Se detalla la verificación para la inscripción de ciertas actividades y se
incorporan las verificaciones virtuales, con el objetivo de agilizar la
habilitación de los establecimientos.
? Se elimina como requisito lo referido a la solvencia económica y antecedentes
para todas las actividades, que daban lugar a análisis arbitrarios.
? Se elimina el requisito que obligaba a presentar el cumplimiento de pago de
obligaciones tributarias emergentes del ejercicio de la actividad.
? Se elimina el requisito de cumplimiento con la normativa del Banco Central de
la República Argentina sobre ingreso y liquidación de divisas para permanecer
en el registro.
? Se elimina el requerimiento de cumplimiento con las sentencias y laudos
arbitrales dictados por los órganos nacionales con competencia en materia de
consumo o abastecimiento.
De esta manera, la cantidad de actividades del rubro granos cubiertas por el
registro se reduce de 38 a 27. Esto se suma a la eliminación de 54 actividades
durante este año, que incluyó la eliminación por completo del RUCA de las
actividades de los rubros lanero, yerbatero, frutihortícola y azucarero.
Así, previo a su unificación con los registros de otros organismos, las
actividades en el RUCA se reducen un 60%, pasando de 108 a 45, y la cantidad de
inscripciones disminuye de 54.000 a 24.000.