El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) recuerda que está vigente la Resolución 37/2007 que establece la suspensión total de cosecha y secanza durante los meses de octubre y noviembre, y limita las mismas actividades para el periodo comprendido entre el 1º de diciembre y el 31 de marzo de cada año.
Para el caso específico de este último período, los secaderos que pretenden realizar tareas deberán solicitar la autorización correspondiente al INYM, con una anticipación mínima de diez días hábiles.
Todos aquellos secaderos que procesen materia prima durante los meses de octubre y noviembre, o que no soliciten la autorización para el periodo diciembre – marzo serán sancionados con la clausura, sin perjuicio de ser pasibles de otras sanciones conjuntas previstas en la Ley 25.564.
La mencionada Resolución comenzó a instrumentarse en el 2007 con el objetivo de formalizar una situación que habitualmente se manifiesta durante los meses de octubre y noviembre: el volumen de cosecha es mínimo, debido a que coincide con el ciclo natural de brotación de la planta de Ilex paraguariensis.
Al momento de emitir la normativa, el INYM tuvo en cuenta los siguientes aspectos técnicos:
Respecto a la planta:
1. La planta de yerba mate, en condiciones normales de suelo, emite brotación abundante cuando se dan parámetros de temperatura, humedad ambiente y fotoluminosidad. Estos tres aspectos se presentan a partir del mes de octubre y continúan hasta el mes de abril aproximadamente, con periodos de más o menos intensidad.
2. Esta etapa genera una actividad de movimiento de savia extraordinaria desde las raíces a los puntos de brotación, tornándose las ramas y hojas tiernas, en tejidos de abundante masa líquida que pueden ser destruidos fácilmente por acción de las altas temperaturas de los secaderos.
3. La eliminación de estas ramas y hojas tiernas, acarrean un perjuicio a la planta, desde el punto de vista fisiológico, al cortarse abruptamente el ciclo natural de gestación de nuevas hojas y ramas, que repercute en una irregular brotación a futuro y daños irreversibles en la estructura de la planta.
4. Desde el punto de vista financiero, lo que se extrae en forma incipiente es la futura cosecha de hojas del próximo año.