La Red de Salud Popular "Dr. Ramón Carrillo" cuestionó duramente la nueva reglamentación a la ley de Biocidas realizada por el gobierno chaqueño en los últimos días. Aseguran que la decisión fue totalmente inconsulta con los vecinos de los pueblos fumigados y que representa un retroceso respecto de la prohibición de utilizar productos de alta toxicidad -como el 2,4-D- que contenía la anterior reglamentación, según publicó Chaco Día por Día.

"Lo que nosotros observamos es que se cumple algo que habíamos advertido hace tiempo atrás y por lo cual nosotros insistíamos que determinadas cuestiones debían quedar plasmadas en la ley, no dejar en manos del poder Ejecutivo la posibilidad de modificarlas, porque podía suceder lo que está sucediendo ahora", señaló asesora legal de la Red de Salud Popular "Dr. Ramón Carrillo", Alejandra Gómez, en declaraciones a Radio Ciudad. Y advirtió que "no sabemos a qué intereses responden, pero sí vemos que la orientación de la política ambiental a nivel provincial está dirigida a defender el interés de unos pocos y no necesariamente del bien común, la salud pública y el ambiente sano".

"Esta reglamentación que reduce requisitos y excluye algunas prohibiciones sale en el mes de agosto cuando se inician los trabajos para el sembrado", reflexionó la abogada que es una de las voceras de la organización ambientalista chaqueña que desde hace varios años trabaja con los vecinos de los pueblos fumigados de la provincia del Chaco.

"A nosotros nos indigna y repudiamos esta actitud del poder Ejecutivo de reducir en sí la protección que ya estaba establecida en un decreto anterior, y en forma también inconsulta. Así como cuando se incluyó el artículo 27 en la ley de Biocidas el mismo día de la sesión, sin haberse propuesto antes en los momentos en que participamos las distintas organizaciones en la Cámara de Diputados", subrayó Gómez. Y consideró que "hay un principio en el derecho ambiental que es el de no regresión, que significa que el nivel de protección que ya se había alcanzado por determinadas normas, no puede retroceder, no se debe aminorar". "Con esto aminoran estas restricciones y la protección que se había reconocido anteriormente", agregó.

"Lo más grave e indignante es que esta nueva reglamentación no incluye el artículo 6, en la parte de prohibiciones de algunos productos como por ejemplo los de banda roja, que estaban prohibidos por el decreto 2428. También estaba prohibido el 2,4-D y un surfactante o coadyuvante que era el Nonilfenol", alertó Gómez.