El Ministerio de Agroindustria y Tecnología informa sobre los beneficios económicos y fiscales para productores que deseen realizar inversiones forestales. Se trata de aportes no reintegrables (subsidios) que se entregan por superficie lograda según lo establece la ley nacional 26432. Los montos a recibir dependen de la especie o variedad a plantar, el material de plantación y la densidad de plantación o distanciamiento entre plantas.
Los beneficios económicos están destinados a todas las personas que quieran plantar en cortina o en macizo, especies nativas o exóticas, poda, ralea o para realizar manejo de rebrotes en plantaciones existentes. También se contempla el enriquecimiento de bosque nativo.
Las condiciones para acceder a estos beneficios es que los inversores dispongan de calidad del suelo, de agua de riego, capacidad productiva y acreditación derecho de uso de la propiedad.
Además del beneficio económico, el productor puede acceder a beneficios fiscales tales como: estabilidad fiscal por 30 a 50 años de la superficie forestada, devolución del IVA correspondiente a la inversión forestal dentro de los 365 días y opción de amortización acelerada del Impuesto a las Ganancias para inversiones de bienes de capital, entre otros beneficios.
Informes: Área Forestal, Cuerpo Central, Sexto Piso, Casa de Gobierno, teléfonos (0261) 4492525 o 4492566, correo electrónico: msales@mendoza.gov.ar / pcastellanos@mendoza.gov.ar
La actividad forestal posee características particulares a ser tenidas en cuenta en cualquier análisis económico. Se trata de una inversión a largo plazo entre 8 y 30 años; la madera se procesa localmente, y para su aprovechamiento integral requiere diversidad industrial.
Se trata de un cultivo con protocolos internacionales de mejores prácticas en sustentabilidad y genera productos renovables, reciclables, contribuyendo positivamente a mitigar el fenómeno del cambio climático según la FAO.