El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa)readecuó las exigencias sanitarias para el envío a faena de los reproductores rumiantes importados, incluyendo de esta manera a especies distintas al bovino.

La puesta en vigencia de la Resolución Senasa N° 733/2019 –que a partir de su publicación en el Boletín Oficial el 25 de junio abroga la Resolución Senasa N° 471/1995– establece una readecuación de las condiciones establecidas para la autorización del traslado a faena de todas las especies rumiantes, así como también la actualización de los formularios para el registro y las novedades sanitarias.

Cabe recordar que la Argentina cuenta con el reconocimiento por parte la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) como país de riesgo insignificante respecto a la encefalopatía espongiforme bovina (EEB), condición que obtuvo y sostiene desde el año 2007 gracias a las acciones de vigilancia epidemiológica que se llevan a cabo desde hace más de 25 años y los controles para la prevención de ingreso, reciclado y amplificación del agente que produce esta enfermedad.

En el marco del Programa Nacional de Control y Vigilancia de las Encefalopatías Espongiformes Transmisibles (EET), el Senasa implementa desde el año 1995 el registro y el seguimiento de los reproductores rumiantes importados (RRI) dentro de las estrategias establecidas.

Es importante destacar que la nueva norma se encuentra acorde a la evolución del sistema de prevención y vigilancia, y optimiza las acciones oportunamente adoptadas, sin afectar el riesgo sanitario del país.