Esta medida, única en el mundo, es la que garantiza la seguridad alimentaria de los consumidores en nuestro país.
En agosto de 2013, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) puso en vigencia la Resolución 369a través de la cual se estableció con carácter obligatorio el Sistema de Trazabilidad de Productos Fitosanitarios y Veterinarios. Esta resolución, que involucró a la gran mayoría de las empresas del sector, se constituyó en la única medida de este tipo tomada a nivel oficial en el mundo.
A 5 años de su implementación, el Sistema Integral de Control de SENASA ya abarca un total de más de 2.500 productos que, por razones sanitarias y sociales, requieren de un riguroso seguimiento de su producción, comercialización y uso, entre los que se destacan el Glifosato y la Ketamina. Para ello se creó un registro de más de 10.000 profesionales veterinarios en el país.
El proceso de instrumentación de la trazabilidad de productos fitosanitarios de nuestro país, así como sucedió anteriormente con la trazabilidad de medicamentos, contó con la participación de las Cámaras del sector. Ellas trabajaron con propuestas específicas durante el desarrollo del proyecto, con el objetivo principal de lograr el compromiso común y el cumplimento por parte de todos los actores de la cadena. Estos conceptos fueron muy valorados por las representaciones de Chile, Guatemala y Nueva Zelanda que evaluaron la implementación del sistema en sus países.
La tecnología propuesta por SENASA para asegurar de forma unívoca y eficiente la trazabilidad de cada uno de los productos fitosanitarios a nivel nacional fue la identificación de cada una de las unidades mediante la utilización de los estándares de GS1 Argentina GTIN para identificar los productos y GLN para identificar las ubicaciones físicas. El seguimiento de cada envase se realiza con códigos portadores de datos, en su formato de Código de barras lineal o Datamatrix. Esto se suma a la información que siempre debe estar en lenguaje visible para permitir su lectura por parte del consumidor.
En un nuevo paso dado desde el ámbito gubernamental de nuestro país en este sentido, en febrero de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de gestión de envases vacíos de productos fitosanitarios. En esta oportunidad lo que se detalla e instrumenta es cada etapa del sistema de gestión de utilización de envases que deberá contar con información sobre los productos contenidos y que además tendrá su propia trazabilidad.
Las reglamentaciones impulsadas desde las organizaciones gubernamentales apuntan a garantizar la seguridad de los consumidores y a dar respuesta a sus necesidades de forma clara y simple, por lo que se trabaja a partir de tecnologías que permiten una identificación estándar y global que integran los sistemas bajo un mismo lenguaje.
Los estándares GS1 facilitan el intercambio de información y registro de datos ya que comparten información de forma independiente a la tecnología y aseguran “hablar sobre lo mismo” entre todos los actores de la cadena. Esto permite ser más eficientes en las operaciones y trámites que se deben realizar desde el punto de vista del operador y también de los sistemas de control.
Por Roxana Saravia, Líder Trazabilidad GS1 Argentina