La medida corresponde a las resoluciones 23/2018; 24/2018 y 25/2018 como rápida respuesta nacional frente a los diferentes eventos que afectaron las producciones provinciales luego de la primera reunión del año de la CENyDA, el 15 de febrero último.
En el caso de Mendoza, la declaratoria abarca desde el 30 de diciembre de 2017, fecha de iniciación de los incendios hasta el 30 de julio de 2019, para las explotaciones dedicadas a la ganadería de secano en los departamentos de General Alvear y San Rafael.
En La Pampa, la medida contempla desde el 16 de enero de 2018 al 30 de junio del mismo año, para las explotaciones ganaderas ubicadas en el este, centro, sur y oeste provincial a raíz de incendios.
Para Chaco, la decisión se aplica desde el 1 de febrero de 2018 por el plazo de 180 días e incluye a las actividades de agricultura, ganadería, horticultura, apicultura y de pequeños productores de la agricultura familiar a raíz de las lluvias intensas ocurridas en la totalidad del departamento de Comandante Fernández; en la Colonia Pampa Napenay del departamento de Independencia y en las Colonias General Paz y Uriburu, de Quitilipi.