A partir de su publicación en el Boletín Oficial, entró en vigencia la Disposición DNPV 3/2018 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) que establece la obligatoriedad del uso del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal (DTV) para el tránsito y/o movimiento de frutas frescas de pimiento (Capsicum annuun), durazno (Prunus persica) y nectarina (Prunus persica var. nucipersica).
La Resolución Senasa N°31/2015 establece la implementación gradual del DTV para distintas especies de acuerdo a criterios de análisis de riesgo y de resguardo del estatus fitosanitario.
En consecuencia, se implementa el uso del DTV de manera obligatoria en estas especies ya que son consideradas hospedantes de plagas y su transporte implica un riesgo para los estatus fitosanitarios del país y, con ello, la sanidad de las cadenas frutihortícolas regionales.
La herramienta informática y documental DTV permite identificar el origen de la mercadería transportada (desde que egresa del establecimiento productivo y a lo largo de toda la cadena de comercialización), garantizar la trazabilidad de los productos vegetales y contribuir a la prevención de la dispersión de plagas.
Fuente: Senasa