Un golpe de Estado contra la Justicia, para convertirla definitivamente en adicta al kirchnerismo, es un viejo sueño de la familia gobernante. Ya lo intentó con la ley de reforma judicial, el plan más ambicioso para tomar el control del Consejo de la Magistratura y, por lo tanto, de la designación y destitución de los jueces. Ese plan fracasó cuando la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional esa ley.
El paso siguiente del cristinismo fue urdir un golpe de Estado contra la propia Corte Suprema. Buscó varios caminos. Ampliar la Corte, designar conjueces de ese tribunal con una mayoría ilegal del Senado, perseguir a los jueces de la Corte, uno por uno. El último intento consistió en desplazar al juez Carlos Fayt. ¿Las razones? Por anciano. La cruel persecución de Fayt se morigeró un poco después de que el juez recibió el apoyo explícito y categórico del cardenal Mario Poli, el líder religioso con más alto rango en la Argentina. Poli es un hombre de la extrema confianza del papa Francisco, su sucesor en el arzobispado de Buenos Aires y el único obispo argentino al que el Pontífice hizo cardenal.
Impotente hasta ahora para colonizar a toda la Justicia, el cristinismo parece haber elegido el camino de minigolpes de Estado. Desplazar a jueces y fiscales decisivos para causas importantes y conquistar el control de la Cámara de Casación, la última instancia penal antes de la Corte Suprema de Justicia. Ya que no puede desmantelar la Corte Suprema, pretende ahora que los casos que acusan a funcionarios mueran en Casación o en las Cámaras Federales. Es decir, dejar sin trabajo a los jueces supremos del país, por lo menos en las causas penales (o en las de corrupción, más precisamente).
Las cosas, sin embargo, suelen cambiar su curso en medio del fárrago. De hecho, ayer la Corte Suprema, que tanto detesta el cristinismo, podría abrir una puerta al regreso de Cabral en caso de que se lo pidieran las dos instituciones querellantes, la AMIA y la DAIA, que fueron las que plantearon la inconstitucionalidad del tratado con Irán. La Corte rechazó un pedido del fiscal Raúl Pleé y le devolvió el expediente al juez Juan Carlos Gemignani; el fiscal solicitó que la Corte se abocara en el acto al caso Cabral. El rechazo fue por cuestiones de forma, pero la Corte advirtió que podría acceder a un reclamo de los que iniciaron la querella.
Por la mañana, en una resolución breve, contundente y clara, Gemignani señaló que sólo la Corte Suprema, intérprete final de la Constitución, debía establecer si el método que se usó para desplazar a Cabral es constitucional o no. Gemignani destacó que están en riesgo las garantías constitucionales y subrayó la trascendencia institucional del caso (el tratado con Irán). Reclamó directamente a la Corte que resolviera si Cabral debe seguir en el caso o no. Desde ya, cuando Gemignani resalta el riesgo de las garantías constitucionales alude a la eliminación del juez natural, que es lo que el cristinismo hizo con Cabral. Cabral era uno de los tres jueces que debían resolver si el tratado con Irán es constitucional o inconstitucional, y él ya les había adelantado a sus otros dos colegas que su voto impugnaría ese acuerdo. En ese momento lo sacaron.
Pocas horas después, el plenario de la Cámara de Casación (es decir, de los jueces de las cuatro salas que la conforman) cambió totalmente la integración de la Sala I de esa cámara, de la que formaba parte Cabral. Ya había asumido a las apuradas un juez, Claudio Vázquez, en lugar de Cabral. Sucedió en la noche del mismo jueves en que lo desplazaron a Cabral. Ayer resolvieron que otros dos jueces subrogantes, Norberto Frontini y Roberto Boico, tomarán juramento hoy como jueces de esa sala. Frontini y Boico fueron designados también por el Consejo de la Magistratura, por la mayoría kirchnerista, en el cuestionado plenario del jueves pasado.
El plenario de Casación dispuso también que la nueva conformación de esa sala "abordará la organización de las causas en trámite". No dijo nada del expediente sobre el tratado con Irán, pero esa causa quedaría en manos absolutamente cristinistas si fuera la nueva conformación de la Sala I de Casación la que debiera tomar el caso.
El oficialismo divulgó que Vázquez tiene más legitimidad que Cabral, porque aquél cuenta con el acuerdo del Senado (con el de la mayoría cristinista, vale aclarar). La primera legitimidad de un juez consiste en su condición de juez; esto es, que haya pasado por los concursos, las propuestas y los acuerdos necesarios para ser juez. Cabral es juez titular de un tribunal oral y juez subrogante en Casación. Pasó por todos los mecanismos establecidos para ser designado juez.
Vázquez, en cambio, es sólo abogado; no viene designado como juez en ninguna parte. Su "legitimidad" se respalda sólo en una mayoría circunstancial del cristinismo en el Senado, no en su capacidad para ser juez. Un remedo de los "jueces del pueblo" del chavismo venezolano. Vázquez se presentó al concurso 281 del Consejo de la Magistratura para cubrir los cargos vacantes en la Cámara de Casación. Quedó en el orden 45 de los 47 que se presentaron. Sólo sacó 30 puntos en el examen (que es lo que importa), cuando el mínimo para avanzar son 50. Luego le agregaron por "antecedentes" 46 puntos más. Vázquez concurrió a su nuevo despacho el sábado pasado y ordenó que nadie entrara ni retirara ningún elemento de esa vocalía de Casación sin orden suya. El lunes, los empleados no pudieron ingresar a sus lugares de trabajo.
El mismo día en que otro tribunal quedó integrado en la Cámara de Casación (nombrado totalmente por el cristinismo), un fiscal general caía en Tucumán. Se trata de Gustavo Gómez, fiscal ante la Cámara Federal Penal de esa provincia, que tiene en su poder la causa contra Milani por la desaparición (asesinato) del soldado Alberto Ledo. El fiscal de primera instancia, Carlos Brito, había pedido la declaración indagatoria de Milani (antesala de un procesamiento) en esa investigación. El juez federal Daniel Bejas se la rechazó porque dijo no contar con pruebas suficientes todavía. Brito apeló ante la Cámara Federal y el fiscal general, Gómez, respaldó esa apelación. Gómez se manifestó preocupado en los últimos días porque entreveía que la conformación de la Cámara podía cambiar con conjueces (o jueces subrogantes), al estilo de lo que hicieron con Cabral en la Capital.
La Cámara lo separó ayer del caso Milani porque, señaló, Gómez perdió "imparcialidad". Es el primer caso en que un fiscal es apartado por sus declaraciones públicas. Son los jueces los que están impedidos de hacer declaraciones previas a sus sentencias, porque, en efecto, podrían mostrar parcialidad en el trámite de una causa. Los fiscales tienen la obligación de acusar y su opinión no es vinculable con la decisión final de los jueces. La diferencia radica en que los fiscales no condenan. Son los jueces los que dictan sentencias y, por lo tanto, deben ser imparciales, tanto en el contenido como en las apariencias.
El poder de los fiscales está, en cambio, en impulsar las investigaciones o en dejarlas morir. Gómez cayó porque no quiso dejar morir la causa contra Milani. Cabral cayó porque había escrito un voto que cuestionaba constitucionalmente el tratado con Irán, que compromete personalmente a la Presidenta y a su canciller. Los minigolpes de Estado están en marcha.