1) ¿Cuál es la presión impositiva del campo?

La presión impositiva para el productor agropecuario está por encima de otras actividades. Principalmente el sistema de retenciones impositivas es lo que lo diferencia de otras actividades ligadas o no al sector agropecuario.

Por otro lado, un gran inconveniente financiero que posee el productor granario es la falta de devolución en término del reintegro del IVA del 87,5%. Esto que en principio debería obtenerlo aproximadamente 45 días posteriores al vencimiento de la declaración jurada del IVA del período que se trata, lo está recibiendo 500 días después (un año y medio!!!!!) y en la mayoría de los casos porque el productor se presentó al Tribunal Fiscal de la Nación vía un Amparo por Mora. Si a esto le sumamos la inflación de la Argentina en este período, es probable que el monto que reciba sea entre el 45% y el 55% menos.

Otro impacto que distorsiona su situación financiera, se debe a las distintas tasas que se encuentran gravados insumos vs producción.  Mientras que por algunos insumos y servicios debe abonar el 21%, por su producción cobra el 10,5%.

 

2) El hombre de campo, gestiona bien su negocio desde el punto de vista impositivo (saldos a favor de IVA, etc)

La experiencia nos muestra que el hombre de campo gestiona productivamente muy bien la empresa o al menos tiene gran información a su disposición para tomar decisiones. Pero lamentablemente lo que obtiene de beneficio de esta manera, muchas veces lo ve mermado por una falta de planificación fiscal. Y esto es válido para cualquiera, independientemente de la magnitud de la empresa agropecuaria. Esta falta de planificación ocurre por diversas razones. Muchas veces el productor no tiene la costumbre de formalizar una reunión con su asesor impositivo y dedicarle el tiempo necesario a estas cuestiones que en definitiva van a impactar directamente en su resultado.

Más aún cuando se trata de un impuesto anual como es Ganancias. Entonces deja para "más adelante" el problema. Esto es más común en la empresa chica o mediana. La que ya cuenta con contadores internamente, este tema está más analizado.

 

3) Tomar créditos, ayuda a pagar menos tributos.

Tomar créditos para la actividad puede ayudar en cuanto a que los intereses que  debe abonar por el mismo, podrán deducirse del impuesto. Ahora bien,  habría que agregarle a esto un análisis más profundo, en cuanto a la tasa de  interés que deberá abonar a la entidad bancaria, los gastos que seguramente tendrá junto al otorgamiento del mencionado crédito, el tiempo que deberá destinar a obtener el mismo, ya que es sabido que no todas las entidades crediticias son expeditivas con los trámites.

Pero sí existen muchas variantes para atenuar la carga impositiva que puede lograr todo productor con muy poco tiempo de reunión con su asesor contable e impositivo. Nuestra recomendación es que asista a alguna capacitación sobre planificación fiscal que hoy en el mercado hay muchas y dictadas por profesionales muy serios. Le van a dar una visión general  de "lo que no está haciendo y que podría hacer, o de lo que está haciendo y no debería hacer". Y luego, visitar a su contador. De este modo, seguramente su carga fiscal disminuirá.

 

4) Cree que la presión sobre los productores se acrecentara sobre la cosecha.

No creo que se acreciente en cuanto a impuestos. Más tampoco podrán pagar. Sí es lógico que en épocas de cosecha se intenfisiquen los controles formales por parte del Fisco.

Por eso es importante que todos los regímenes informativos estén "al día" al efecto de evitar no sólo sanciones pecuniarias sino suspensiones en, por ejemplo, el Registro Fiscal de Granos, que le implicarán mayores retenciones de impuesto a las ganancias e IVA. Si esto ocurriera, la entabilidad hoy con márgenes tan acotados, es prácticamente nulo.

 

5) Si tuviera que proponer una reforma tributaria ¿Cuáles serían los dos primeros impuestos que sacaría o modificaría?

En cuanto al impuesto a las ganancias lo que sí o sí hay que modificar es la escala para las personas físicas y sucesiones indivisas, ya que hace 13 años que se mantiene con los mismos valores. A modo de ejemplo muy simple, pero como para que el lector entienda esto, quien obtenía rentas en el año 2001 mayores a $120.000  (comparativo al 31/12/2013 apróximadamente $1.000.000) una vez computadas las deducciones, abonaba una alícuota muy cercana al 35%. Hoy se sigue manteniendo esta escala, lo cual quiere decir que la masa de contribuyentes afectados a la tasa máxima (35%) es superior que en el 2001.Quien hoy debería estar en una alícuota del 15% al 18%, al quedar congelados los valores, está tributando el 35%

Otro tema a modificar (ya existen fallos que le dan la razón al contribuyente: Molaro José Luis de Mayo de 2012 y Gaviglio Hilario de Marzo 2013) sería excluir la gravabilidad de los inmuebles rurales que se encuentren afectados a la actividad agropecuaria en el impuesto sobre los bienes personales. Hoy si se trabaja la tierra se paga impuesto, pero resulta que si se la alquila (el productor se transforma en arrendador) queda fuera del gravámen.

El impuesto sobre los bienes personales, que grava a la alícuota máxima del 1,25% sobre el total del valor de los bienes,  entiendo que podría ser un tributo a derogar, ya que para lograr adquirir esos bienes, el contribuyente ha obtenido ganancias (salvo por ejemplo, aquellos bienes que recibió por herencia) habiendo tributado el correspondiente impuesto a las ganancias. Entonces por un lado se abona impuesto por obtener resultados positivos y luego se paga otro tributo por poseer bienes que se adquirieron con esa ganancia. Si bien el objeto de cada impuesto es distinto, la eliminación del mencionado tributo mejoraría la rentabilidad.

 

El autor de la nota es Contador Público, especializado en Impuestos del sector agropecuario. Actualmente Socio a cargo de la División de Impuestos de Barrero & Larroudé