La falta de equidad de este tributo es manifiesto, ya afecta directamente a los ingresos sin contemplar los costos que son todos diferentes según los casos.

Para quienes están en emergencia o incluso desastre agropecuario no hay ningún tipo de contemplación, y la magra producción vendida estará castigada por este impuesto incrementando más aun los quebrantos.

La propia constitución fija que dichos ingresos tributarios son para el estado nacional por ser derechos de exportación, detrayendo riqueza de las provincias de donde provienen los granos.

Ello produce un espiral malévolo, pues sobre el total de impuestos recaudados el porcentual para las diferentes jurisdicciones es menor y los traspasos de servicios públicos a los estratos inferiores de poder se van incrementando. En consecuencia provincias y municipios disponen nuevos impuestos, y también incrementan porcentuales a los existentes.

En 2013 la Provincia de Buenos Aires, incrementó el inmobiliario además de disponer un inconstitucional Multipropietario.

Las tasas porcentuales del impuesto sobre los ingresos brutos para arrendamientos de inmuebles tiene una alícuota insostenible del 6% y las ventas de productos agropecuarios que provengan de campos alquilados pagan el 2%.

Porcentuales en este tributo del 4,5% para empresas que comercializan bienes en general, también condiciona la rentabilidad de las empresas agropecuarias al adquirir sus insumos con el traslado de dicha carga fiscal.

La patente automotor también sufrió incrementos, así como los costos de sellados de contratos que si se suscriben en moneda extranjera se incrementan directamente un 20%, sin motivo razonable.

Córdoba dispuso para el 2014 un impuesto ecológico que afecta directamente a los acopiadores de granos.

Los municipios por su parte no se quedan atrás, los cuales disponen aumentos con porcentuales equivalentes o superiores a la inflación real. La tasa vial, las marcas y señales así como tasas de seguridad e higiene son algunos de los ejemplos.

Se está por implementar una tasa municipal de entre 10 y 12 centavos por litro de combustible y otra para combatir los daños que provoca la cotorra al girasol.

A este panorama se agrega las distorsiones del IVA con alícuota reducida del 10,5% para la venta de productos agropecuarios en estado natural, con sus inseguridades de aplicación y saldos a favor que no siempre son temporarios cuyo uso solo es contra otras operaciones del mismo tributo.

A todo ello se agrega la vigencia del Registro Fiscal de Operadores de Granos (ROG ), instrumento obligatorio y sancionatorio, con incorporación dificultosa y perjuicios irreparables. Los excluidos sufren retención de IVA completa y de ganancias con el 15% sobre el precio de la operación.

Los llamados saldos a favor de libre disponibilidad para aquellos que están habilitados en ROG , tienen una demora en su devolución sistemática de más de 15 meses , cuando el fisco se comprometió a un plazo máximo de 60 días para retornar al productor los fondos que le pertenecen.

Los productores vienen perdiendo capital de trabajo y quedan obligados a recurrir a fuentes dinerarias con elevados costos, y es por ello que con toda justicia recurren a recursos de amparo ante el Tribunal Fiscal de la Nación como última alternativa.

Por mediciones precisas de analistas económicos se detectó que la presión fiscal nacional general ha llegado al 38% del PBI , la más alta de toda la región y considerando provincias y municipios supera el 55%. Incluso esa mochila no será igual de pesada para todos, ante la evasión la peor de las inequidades que crece con este panorama.