Las tres claves

¿Cómo vienen los márgenes del campo en lo que va del año?

Considerando los rindes medios de cada región, excepto del maíz en zona extrapampeana (centro – norte del país) que se ajusta un 30% por debajo de la media para captar el efecto negativo que tuvo “la chicharrita” en estas zonas, se estima que entre enero – agosto de este año el margen neto del productor (después de impuestos) promedió USD 373/hta en zona núcleo (sudeste de Córdoba) y USD 102/hta en zona extrapampeana (supuestos generales: 500 hectáreas, campo propio, 50% soja – 50% maíz). En zona núcleo se observa una mejora del 42% respecto a los márgenes de la sequía 2023 (USD 263/hta), pero en zona extrapampeana se encontraron incluso 16% peor (USD 122/hta) y se acumulan ya dos años consecutivos de malos resultados en la región. En perspectiva, los márgenes de este año se ubican 60-80% por debajo de los registros 2022 previos a la sequía, debido fundamentalmente a la caída en el precio de los granos.

¿Cuánto “se lleva” el estado con los impuestos?

En ambos casos “lo que se lleva” el estado vía recaudación de impuestos a la actividad agrícola es mayor que “lo que queda” finalmente al productor. Entre enero y agosto de este año el margen antes de impuestos (ingresos menos costos) fue de USD 968/hta en zona núcleo y de USD 445/hta en zona extrapampeana, el pago de impuestos (nacionales y provinciales) ascendió a USD 595 y USD 343 por hectárea y al productor le quedaron USD 373 y USD 102 por hectárea, respectivamente.

De lo anterior se desprende que la carga tributaria total fue del 62% en zona núcleo y del 77% en zona extrapampeana. Esta se define como el porcentaje de la renta que el productor genera (ingresos menos costos) pero no puede apropiarse a causa de las obligaciones tributarias que debe afrontar y/o las distorsiones que estas generan sobre la actividad. Visto de otra manera, luego de pagar impuestos, al productor agrícola de zona núcleo le quedó tan solo el 38% de la renta que generó con su actividad y al de zona extrapampeana el 23%.

¿Cómo sigue?

Los márgenes proyectados para 2025 suponen rendimientos medios “normales” en ambas zonas, tanto para soja como para maíz. Se asume que en zonas extrapampeanas la variable de ajuste por efecto “chicharrita” del maíz será el área de siembra y no tanto el rinde medio (productores que prevean mermas de rindes similares a las de 2024 directamente no sembrarán el cultivo). Permaneciendo todo lo demás constante, dado los precios esperados para la soja y el maíz en Chicago en 2025 (USD 389 y USD 197 por ton, respectivamente), los márgenes (después de impuestos) están dando USD 318/hta en zona núcleo y USD 145/hta en zona extrapampeana, un 65-70% por debajo del último año en que se registraron rendimientos “normales” en ambas zonas (2022).

Introducción

En este documento se presenta una estimación de la rentabilidad agrícola antes y después de impuestos para el caso de dos modelos con distintos niveles de eficiencia en la producción de granos: uno captura las particularidades de la zona núcleo (región pampeana) y otro intenta representar a la gran región extra-pampeana. Los supuestos generales implícitos en cada modelo se detallan en la tabla 1. Las principales diferencias entre ambos se deben a la productividad de la tierra (rendimientos de cultivos) y las distancias a puerto (costo transporte de cargas), pero también influyen los distintos requerimientos de insumos y labores según ubicación geográfica (costos directos de producción).

Los resultados de cada modelo se evalúan según el indicador de margen neto por hectárea del productor, distinguiendo entre aquel que podría obtenerse en un “mundo sin impuestos” (ingresos menos costos) y el que efectivamente se obtiene dada la carga tributaria que soporta la actividad (ingresos menos costos y todos los impuestos). También se dedica especial atención al análisis de la estructura tributaria, intentando dejar en claro cuáles son los impuestos que paga el productor, qué nivel de gobierno los aplica, sobre qué conceptos y como inciden en la actividad.

Los cálculos se realizan en base a datos observados para el período enero 2022 – agosto 2024 (precios, costos, rendimientos e impuestos) y se proyectan para septiembre 2024 – diciembre 2025 en base a las cotizaciones futuras de los granos en Chicago y escenarios sobre el resto de las variables. Usualmente los cálculos de rentabilidad agrícola suponen rendimientos teóricos fijos en todo momento con el objetivo de “aislar” la influencia de aspectos productivos sobre los márgenes y que todos los cambios puedan explicarse por alteraciones de la coyuntura económica de la actividad ( precios de granos/insumos/servicios, impuestos, etc.). La metodología empleada en este trabajo supone rendimientos fijos para una misma campaña agrícola, pero se ajustan entre-campañas según lo observado y/o esperado en las distintas regiones de referencia. Lo que se intenta es contar con un indicador lo más realista posible del margen agrícola en cada ciclo productivo y región, que incorpore no solo cambios de precios y costos sino también de los rendimientos, lo cual resulta fundamental a la hora de analizar la carga tributaria efectiva que recae sobre la actividad en cada momento.

¿Cómo vienen los márgenes en lo que va del año y qué puede pasar los próximos meses?

Considerando los rindes medios de cada región, excepto del maíz en zona extrapampeana (centro – norte del país) que se ajusta un 30% por debajo de la media para captar el efecto negativo que tuvo “la chicharrita” en estas zonas, entre enero – agosto de 2024 el valor bruto de la producción generado por un establecimiento agrícola promedió USD 1.845/hta en zona núcleo y USD 1.165/hta en zona extrapampeana. Al descontar los costos medios totales de cada zona (gastos de exportación, fletes, insumos, labores y estructura), que ascendieron a USD 877 y USD 720 por hectárea, se estima un margen antes de impuestos de USD 968/hta en zona núcleo y de USD 445/hta en zona extrapampeana para los primeros ocho meses del año. Sin embargo, las obligaciones tributarias (nacionales y provinciales) de este período significaron una erogación adicional de USD 595 y USD 343 por hectárea para los productores de cada zona, respectivamente. El resultado final fue un margen neto después de impuestos de USD 373/hta para el productor de zona núcleo y de USD 102/hta para el productor “extrapampeano”. 1 De lo anterior se desprende que la carga tributaria total entre enero y agosto de este año fue del 62% en zona núcleo y del 77% en zona extrapampeana. Esta se calcula e interpreta como el porcentaje de la renta que el productor genera (ingresos menos costos) pero no puede apropiarse a causa de las obligaciones tributarias que debe afrontar y/o las distorsiones que estas generan sobre la actividad. Visto de otra manera, luego de pagar impuestos, al productor agrícola de zona núcleo le quedó tan solo el 38% de la renta que generó con su actividad y al de zona extrapampeana el 23%.

A mediados de agosto se profundizó la caída del precio internacional de los granos que se venía observando desde principios de año y hasta el momento no se vislumbran mejoras significativas para los próximos meses en las cotizaciones futuras del mercado de Chicago. Manteniéndose todo lo demás constante (costos e impuestos que se pagan en cada zona), los márgenes netos del productor (después de impuestos) dan una caída del 30% en zona núcleo y del 77% en zona extrapampeana para los últimos cuatro meses del año, infundiendo preocupación en la actividad agrícola de cara a lo que viene:

 En zona núcleo se pasa de los USD 373/hta observados en enero – agosto a unos USD 262/hta en septiembre – diciembre, una pérdida de USD 111/hta que deja los márgenes de fin de año prácticamente al mismo nivel que los registros de la zona durante la sequía 2023.

 En zona extrapampeana se pasa de los USD 102/hta observados en enero – agosto a tan solo USD 23/hta entre septiembre – diciembre, una merma de USD 79/hta que deja los márgenes al borde de las pérdidas e incluso muy por debajo de los registrados en la última sequía (2023). Se debe recordar que en este caso los cálculos 2024 contemplan el efecto negativo de “la chicharrita” en zonas no-núcleo (rendimientos del maíz por debajo de la media).

Algo que se observa en esta proyección es que, con la caída de los precios y a contramano de los márgenes, la carga tributaria total sobre los productores agrícolas aumentaría hacia finales del año: del 62% al 67% en zona núcleo y del 77% al 92% en zona extrapampeana. Esta es una debilidad muy grande de la estructura tributaria que recae sobre la actividad: cuanto menor es el excedente del productor antes de impuestos (ya sea por malos precios, aumentos de costos y/o bajos rendimientos de los cultivos), mayor es la carga tributaria que debe soportar (el pago de impuestos disminuye proporcionalmente menos que el excedente en términos absolutos). Como veremos luego, el motivo se encuentra en el enorme peso que tienen los derechos de exportación dentro de la estructura tributaria, un impuesto que no se adapta a la capacidad de pago del contribuyente (se descuenta directamente del precio que recibe el productor), generando que en los momentos “malos” el fisco (vía recaudación) y los consumidores locales (vía menor precio de las materias primas) se apropien de una mayor proporción de la renta agrícola que en los momentos “buenos”. La misma explicación sirve para entender por qué la carga tributaria es mayor en las zonas menos productivas donde los márgenes y la capacidad de pago de los contribuyentes son inferiores.

Rentabilidad agrícola antes y después de impuestos según zona de referencia

¿Qué puede esperarse en 2025?

En los gráficos presentados anteriormente también se observan los márgenes agrícolas proyectados para 2025. Estos cálculos suponen: 1) Precios FOB (en puertos argentinos) de USD 389/ton para la soja y de USD 197/ton para el maíz (estimados a partir de las cotizaciones ene-dic. 2025 en el mercado de Chicago); 2) Costos constantes en dólares al nivel del último mes con datos disponibles (ago-24); 3) Misma estructura tributaria que en 2024 sobre la actividad; y 4) Rendimientos medios “normales” de cada zona, tanto en soja como maíz.

Para 2025 no se ajustaron los rindes del maíz en zonas extrapampeanas por efecto “chicharrita”. Se asume que, dada la experiencia 2023/24, la variable de ajuste durante el próximo ciclo productivo será el área de siembra y no tanto el rinde medio del cultivo, intuitivamente: productores que prevean mermas de rindes similares a 2024 decidirán directamente no sembrar el cultivo; quienes finalmente siembren serán aquellos emplazados en zonas donde la plaga ya ha sido controlada y se prevean mermas leves o inexistentes del rinde. De la lectura de los resultados para 2025 surge lo siguiente:

 Un productor de zona extrapampeana que en 2024 se vio “sorprendido” por la chicharrita (y tuvo menos rinde en maíz), pero que en 2025 logra los rindes medios de su zona, pasaría de un margen neto (después de impuestos) de USD 76/hta en 2024 a uno de USD 145/hta en 2025 (promedio 12 meses). Se trataría de un fuerte aumento interanual (+90%), pero aún quedaría muy por debajo de 2022 (-70%), el último año que se registraron rendimientos “normales” en esta zona.

Carga tributaria sobre el productor agrícola según zona de referencia

¿Qué porcentaje del margen agrícola (ingresos menos costos) se apropia el estado?

 Un productor de zona núcleo que en 2025 obtiene los rindes medios de la zona (al igual que en 2024), pasaría de un margen neto (después de impuestos) de USD 336/hta en 2024 a uno de USD 318/hta en 2025 (-5% interanual). El margen cae levemente porque, permaneciendo todo lo demás constante, el menor precio esperado para la soja (-6% i.a) domina la suba esperada para el maíz (+4% i.a). También en zona núcleo los márgenes 2025 se estarían ubicando 65-70% por debajo de los “pre-sequía”, cuando había mejores precios para los granos.

¿Cuáles son y cómo inciden los impuestos que paga el productor agrícola?

Previamente se definió carga tributaria como el porcentaje de la renta que el productor genera (ingresos menos costos) pero no puede apropiarse a causa de los impuestos que debe afrontar y/o las distorsiones que estos generan sobre la actividad. Se ha visto que entre enero-agosto 2024 la carga tributaria total fue del 62% para un productor de zona núcleo y del 77% para uno de zona extrapampeana. También se señaló que, con la caída de precios y a contramano de los márgenes, la carga tributaria aumentaría al 67% en zona núcleo y al 92% en zona extrapampeana durante los últimos cuatro meses del año (sept-dic). Sin embargo, hasta el momento nada se ha dicho acerca de cuáles son los impuestos que paga el productor, qué nivel de gobierno los aplica, sobre qué conceptos y qué incidencia tienen sobre la actividad.

En el cálculo de la carga tributaria sobre los productores agrícolas se consideraron los siguientes impuestos nacionales (N) y provinciales (P) durante el período de referencia (ene 2022 – dic 2024):

 Derechos de exportación (N): sobre el precio FOB de los granos, del 33% para la soja y del 12% para el maíz constantes durante todo el período.

 Impuesto a las ganancias (N): sobre el margen del productor neto del pago de otros impuestos (ingresos - costos - otros impuestos), las alícuotas efectivas durante el período de referencia varían entre 27 y 30% promedio por año según la zona.

 Impuesto a los débitos y créditos bancarios (N): sobre los ingresos y egresos bancarizados del establecimiento (valor de la producción a precios FAS Rosario y costos de insumos y estructura). Se consideran alícuotas medias del 0,6%.

 Impuesto al sello (P): sobre el valor de los contratos de compra – venta de granos (a precio FAS). Las alícuotas van de 0% (desgravación en 2022) a 0,12% en zona núcleo y promedian 0,3%en zona extrapampeana.

 Inmobiliario rural (P): sobre el valor fiscal de la tierra, asumiendo un valor fiscal equivalente al 5-7% del valor de mercado de la tierra en zona núcleo (USD 15.000/hta) y extrapampeana (USD 6.000/hta), respectivamente.

 Ingresos brutos (P): en zona núcleo se considera que la actividad primaria se encuentra exenta del pago de ingresos brutos (tomando como referencia el caso de la provincia de Córdoba), pero se contabiliza el efecto indirecto sobre el productor debido al gravamen que recae sobre actividades “aledañas” (mayor precio en transporte de cargas e insumos); en zona extrapampeana, además de esto último, se gravan los ingresos del productor a precios FAS con una alícuota media del 0,75%.

El análisis por impuesto arroja que la mayor parte de la carga tributaria la explican los derechos de exportación (incluyendo las transferencias indirectas a consumidores locales inducidas por los DEX) 2, seguido del impuesto a las ganancias y en menor medida por el pago de otros impuestos. Para tener referencia, en zona núcleo la carga tributaria estaría promediando 63% en 2024 (estimado 12 meses): alrededor de 43 puntos serían explicados por los DEX, 16 por el impuesto a las ganancias y solo 4 por el resto de los impuestos (inmobiliario rural, sellos, IIBB, débitos y créditos). En zona extrapampeana la carga tributaria promediaría 81% en 2024: 67 puntos debido a los DEX, 7 puntos por el impuesto a las ganancias y otros 7 por el resto de impuestos. Teniendo en cuenta el nivel de gobierno que aplica los impuestos y que alrededor del 60% de la recaudación del impuesto a las ganancias se coparticipa entre las provincias, se estima que en 2024 (12 meses) el fisco nacional se terminaría apropiando del 51% del margen (antes de impuestos) de un productor de zona núcleo y del 71% del margen de un productor extrapampeano, mientras que los fiscos provinciales se terminarían quedando con el 12% y el 9% del margen promedio, respectivamente.

Dado el escenario de precios esperados para los granos en 2025, suponiendo que los costos permanecen constantes en dólares y que los rindes se ubican en el promedio habitual de las zonas para años “normales” (sin eventos extraordinarios como sequías o plagas inesperadas como la “chicharrita”), de no haber cambios en la estructura tributaria (impuestos y alícuotas) la carga sobre el productor se mantendría en torno al 63% en zona núcleo y bajaría del 81% al 71% en zona extrapampeana. Nótese que esto último está sujeto a la normalización de los rindes en maíz luego de la chicharrita, que es en definitiva lo que está determinando la decisión de sembrar o no el cultivo en estas zonas.

Fuente: IERAL