La AFIP publicó en su página web los nuevos valores correspondientes a los pagos a cuenta, retenciones y percepciones, aplicables a partir del 1° de mayo 2024, que alcanza a los operadores de la cadena de producción y comercialización de haciendas y carnes bovinas y bubalinas y de carnes porcinas.
Recordemos que fueron las RG 3873 y RG 4199 las que crearon el Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas, y Carnes Porcinas respectivamente, y han obligaron a inscribirse en las distintas categorías a los sujetos que operen en la compraventa, tenencia y/o traslado de hacienda bovina/bubalina o su faenamiento, y sujetos que operen en la compraventa o tenencia de hacienda porcina, como así han establecido regímenes de percepción, pago a cuenta y retención del impuesto al valor agregado.