El Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación, a través de la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios, informa la nueva reglamentación sobre la cuota de azúcar con destino a Estados Unidos, establecida para facilitar la fluidez en el proceso de registro y en la solicitud del correspondiente Certificado de Exportación del cupo establecido.
A partir de hoy, entró en vigencia a través de la Resolución N°33/2019 publicada en el Boletín Oficial. Luego de un trabajo en conjunto con el sector privado, se logró la simplificación de las gestiones que requerían realizarse de forma presencial, dejando atrás el formato papel que regía desde el año 1997 para estos trámites, los cuales serán realizados por los operadores de un modo ágil por medio de la plataforma plataforma TAD con el fin de optimizar tiempo y costos.
Ente los cambios realizados, se destaca la eliminación del requisito de inexistencia de deuda previsional e impositiva para poder acceder a los certificados de exportación, con el fin de no dificultar la actividad productiva y exportadora de los beneficiarios.
Asimismo, se ha incorporado un sistema de renuncias y de penalidades por incumplimiento de exportación del referido cupo.
La nueva reglamentación también establece un cambio en el criterio de distribución de las ampliaciones otorgadas por EE.UU e instituye un Fondo de Libre disponibilidad.