El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso para la segunda campaña de vacunación antiaftosa que los productores que apliquen técnicas con fines reproductivos como la inseminación artificial a tiempo fijo (IATF) podrán solicitar adelantar la inoculación de las categorías vacas y vaquillonas hasta 15 días previos al inicio de la campaña.
La medida responde a una inquietud planteada por la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de Buenos Aires, respecto que la coincidencia de las campañas de vacunación antiaftosa y la aplicación de los protocolos de IATF u otras operatividades de índole reproductivo, podrían afectar los índices de preñez según datos de un trabajo experimental realizado en Brasil.
Si bien el citado trabajo no es extrapolable a nuestro medio, entre otros aspectos, por las diferencias en la composición de la vacuna en lo que refiere a su formulación, elaboración, grado de pureza, métodos de concentración de antígeno y los adyuvantes utilizados y, hasta la fecha no hay evidencias científicas de que esto ocurra en el contexto productivo de nuestro país y con el tipo de vacuna que aquí se utiliza, el Senasa brinda, a los productores que lo deseen, optar por adelantar de forma parcial la vacunación de las categorías vacas y vaquillonas (VC/VQ) hasta 15 días previos al inicio de la respectiva campaña de vacunación.
Para ello, deberán cumplimentar el siguiente procedimiento:
El productor deberá presentar ante la Oficina del Senasa una solicitud de adelantamiento de la vacunación de las categorías VC/VQ por escrito, mediante nota papel o correo electrónico.
El veterinario local identificará el RENSPA mediante la carga en el sur del antecedente sanitario perteneciente a: vacunación parcial anticipada por fines reproductivos y comunicar al Ente de vacunación el listado de productores que hayan solicitado el adelantamiento de la vacunación.
El vacunador deberá confeccionar un acta de campaña parcial y en observaciones agregar la siguiente leyenda: Acta de vacunación parcial anticipada por fines reproductivos.
Al inicio de la campaña de vacunación FA, el ente sanitario deberá registrar en el SISGA el acta de campaña parcial al RENSPA identificado con el antecedente sanitario ya mencionado.