La Resolución 1115 establece el tercer periodo de vacunación contra la fiebre aftosa en todo el territorio nacional, correspondiente a hacienda general (bovinos y bubalinos), con excepción de las categorías vacas y bueyes, del 25 de julio al 31 de agosto de este año, y el registro hasta el 14 de septiembre del corriente.
Igualmente, por Resolución Nº 1116, el organismo de sanidad animal estatal estableció el segundo periodo de vacunación contra la brucelosis bovina, en todo el territorio nacional, correspondiente a la categoría desmamantes hembras (carimbo 8), del 25 de julio al 31 de agosto de este año, y el registro se podrá hacer hasta el 14 de septiembre de este año.
En el caso de la vacunación contra la brucelosis, Senacsa determina que la vacunación será realizara con vacuna antibrucélica Cepa RB51, aprobada por Senacsa.