Cuando la Federación Argentina de Cámaras Agroaéreas (FEARCA) fue creada, el 2 de noviembre de 1996, la autoridad aeronáutica en nuestro país era ejercida por una organización militar, el Comando de Regiones Aéreas de la Fuerza Aérea Argentina. Nueve años después, el 15 de marzo de 2007, aquella estructura militar se transformó en la actual Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), un ente autárquico que hubo que acompañar y fortalecer desde la propia cuna.
FEARCA no sólo vio nacer a la ANAC, sino que la respaldó desde sus propios orígenes, haciendo realidad uno de los mandatos de la Federación, que era "colaborar con las autoridades públicas y privadas y, en particular, con aquellas relacionadas con la actividad agroaérea, para la formulación y ejecución de las iniciativas que tiendan a la protección, mejoramiento y progreso de la actividad aérea en el país y en el MERCOSUR". Fue así, como FEARCA fue invitada por la Autoridad Aeronáutica a integrar el Consejo Consultivo de Aviación General y Deportiva de la República Argentina y la Comisión de Trabajo.
El vínculo estrecho entre FEARCA y la ANAC produjo resultados de alto impacto en la Aviación Agrícola argentina, pues contribuyó a la solución de un gran número de problemas que aquejaban al segmento del Trabajo Aéreo en nuestro país. A modo de ejemplo, en 2011 FEARCA inició una campaña nacional para el blanqueo de empresas aéreas no registradas, en 2013 contribuyó al alumbramiento de la Parte 137 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (Requisitos de Operación y Certificación para Trabajo Agroaéreo) y, en 2015, inició con la ANAC una campaña de concientización y persecución de operadores aéreos clandestinos. En el camino, FEARCA organizó cuatro Congresos Internacionales de Aviación Agrícola y más de diez talleres de capacitación y estandarización de procedimientos, en todos los casos con activa participación de la ANAC.
Teléfono para Tomás Insausti
Es importante destacar que las relaciones entre FEARCA y la ANAC se siempre se desarrollaron en un plano estrictamente técnico, con independencia de la filiación o extracción política de los sucesivos Administradores Nacionales. Así lo pueden confirmar el Lic. Rodolfo Gabrielli, el Dr. Alejandro Granados, el Ing. Juan Pedro Irigoin y todos los funcionarios políticos que han revistado en la Autoridad Aeronáutica en el período 2007 – 2017. Sin embargo, este ámbito de colaboración se ha visto deslucido a partir de la designación del Dr. Tomás Insausti como nuevo Administrador de la ANAC.
El 11 de enero de 2018, a días de estrenarse en su cargo, el nuevo Administrador firmó la Resolución ANAC N° 25/2018 por la cual se impuso la obligatoriedad de uso de dispositivos respondedores radar (transponders) por parte de todas las aeronaves de Trabajo Aéreo que realizaran operaciones al Norte del paralelo 29 Latitud Sur. Se trataba, lisa y llanamente, de implementar la solución propuesta por FEARCA un año antes para que las autoridades del Comando Aeroespacial Conjunto de las Fuerzas Armadas pudieran distinguir a los aviones agrícolas de los narcotraficantes y poder dirigir las intercepciones sólo contra estos últimos.
La Resolución N° 25/2018 fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 16 de enero de 2018, haciendo exigible la instalación de los equipos a partir del 1° de febrero de 2018. Sólo mediaron quince días calendario entre la publicación y la entrada en vigencia, plazo de cumplimiento imposible para la instalación de transponders. teniendo en cuenta el tiempo que insume el proceso de compra, importación, instalación y habilitación de tales equipos por parte de la propia Autoridad Aeronáutica.
Tras la entrada en vigencia de la Resolución N° 25/2018, el Departamento Trabajo Aéreo de la ANAC comenzó a rechazar las solicitudes de habilitación y re-habilitación de todas aquellas empresas de Aviación Agrícola basadas al norte del paralelo 29 Sur, en tanto presentaran para afectación aeronaves carentes de respondedores radar. De esta forma, se empujó a la ilegalidad a muchos aeroaplicadores registrados que simplemente no pudieron cumplir una resolución de cumplimiento imposible. Simétricamente se echó a la basura un año de esfuerzo en la lucha contra la Aviación Agrícola clandestina, pues resultó que la propia Autoridad Aeronáutica impedía la habilitación o re-habilitación con fundamento en una norma de cumplimiento imposible.
La exigencia del requisito de uso obligatorio de transponder, a partir del 1° de febrero de 2018, genera dos gruesos problemas adicionales. En primer lugar, habilita a la EANA, al Comando Aeroespacial Conjunto y a la Fuerza Aérea Argentina a denunciar a todos los aeroaplicadores en infracción, en los términos previstos por el Decreto N° 2352/83 (régimen de Infracciones Aeronáuticas), pues sin respondedores radar en sus aviones claramente no se encuentran adecuados al cumplimiento de la normativa vigente. Por otro lado, el incumplimiento de la resolución deja inermes a los aeroaplicadores frente a sus compañías de seguros en caso de producirse un accidente de aviación, pues la primera condición de pago de toda póliza de seguros aeronáuticos es que la aeronave siniestrada cumpla con toda la normativa.
Estamos en presencia de un problema grave que se irá multiplicando en efecto cascada a medida que se vayan venciendo los Certificados de Explotador de Trabajo Aéreo de las veintidós empresas basadas al Norte del paralelo 29 Latitud Sur. El tema no es menor porque estamos hablando de una flota de unos cien aviones aeroaplicadores.
El Dr. Tomás Insausti fue expresamente informado de esta problemática en las reuniones del Consejo Asesor de Aviación Civil llevadas a cabo el 31 de enero de 2018 y el 8 de febrero de 2018, en el curso de las cuales se le requirió la inmediata prórroga de la Resolución ANAC N° 25/2018. Lo mismo solicitó formalmente FEARCA en nota del 14 de febrero de 2018. Al día de hoy no existen ni visos de solución a este problema, que se hubiera resuelto muy fácil actuando con buena voluntad.
Es tiempo que el Dr. Insausti se tome en serio a la Aviación Agrícola. Nuestro país reúne a la cuarta flota de aeroaplicadores más grande del mundo, detrás de Estados Unidos, la Federación Rusa y Brasil. Pero, a diferencia de lo que ocurre en aquellos países, la mitad de nuestra flota es clandestina. En otras palabras, hay tantas empresas agroaéreas registradas por la ANAC, como empresas carentes de Certificados de Explotador de Trabajo Aéreo. El problema es mayúsculo, no sólo desde el punto de vista impositivo o ambiental, sino desde el ángulo de la seguridad operacional aeronáutica, pues el riesgo de ocurrencia de accidentes se potencia en aviones carentes de mantenimiento aeronáutico cuyos pilotos no tienen incluso licencias que los habiliten a volar. Demás está decir que las compañías de seguro no indemnizan daños a terceros producidos por aviones truchos.
La ANAC debe volver al carril de colaboración que caracterizó su relación con FEARCA desde 2007, pues esa es la única forma de consolidar el modelo productivo que está sacando adelante al país. El Dr. Tomás Insausti debe comprender que sin la Aviación Agrícola el modelo agroexportador colapsa, pues sólo los aviones pueden sembrar, fertilizar y tratar las plagas vegetales con la contundencia y velocidad que nuestro campo necesita. La "Revolución de los Aviones", que tanto desvela al presidente Mauricio Macri y al ministro Guillermo Dietrich, no puede agotarse en el Transporte Aéreo. La Resolución ANAC N° 25/2018 debe prorrogarse de manera urgente pues, lejos de contribuir a la lucha contra el narcotráfico, sólo está penalizando a los aplicadores aéreos registrados.
Fuente: Fearca