La información que los contribuyentes encuentren en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre sus bienes no declarados no condicionará la posibilidad de que accedan al beneficio de "buenos cumplidores" contemplado en la ley de el blanqueo de capitales.
Así lo expresaron fuentes de la AFIP a LA NACION, al aclarar que los datos
que aparecen en la sección "Nuestra parte" surgen de bases de datos de otros
organismos y que forman parte de un "ejercicio que se irá perfeccionando".
"Es una evaluación de riesgo, pero no es vinculante", explicaron.
Esta aclaración se debe a que muchos contribuyentes constataron en esa
sección de la página web del organismo tributario que hay información que no
coincide con la de sus declaraciones juradas.
De hecho, en la página de la AFIP se aclara que "la intención de mostrarte esta información no es generarte la obligación de hacer trámites ante las agencias o distritos de la AFIP, sino que dispongas de todos los elementos para que tomes la decisión adecuada frente al sinceramiento" fiscal.
La aclaración es importante porque, desde la semana próxima, los contribuyentes pueden comenzar a pedir el certificado de "buen cumplidor" para acceder al beneficio contemplado en el régimen del blanqueo, a través de un mecanismo que todavía no fue explicado.
Este consiste en la exención del impuesto a los bienes personales por los períodos fiscales 2016, 2017 y 2018.
El requisito es haber presentado las declaraciones juradas de 2014 y 2015, además de no haber ingresado en el blanqueo previo ni en planes de facilidades de pago.
Si el cumplidor no paga Bienes Personales, puede pedir la devolución de lo que le retuvieron por Ganancias en el medio aguinaldo de julio. Según explicó la AFIP, desde este lunes quedó a disposición de los contribuyentes "el servicio web denominado Nuestra Parte, relacionado con el sinceramiento fiscal, a través del cual podés consultar información que en la AFIP tenemos sobre tu situación".
La intención es que las personas sepan a qué capítulo del sinceramiento deben recurrir: "La exteriorización, en caso de que tengas bienes no declarados; la regularización, en que caso de que tengas deudas, o el beneficio, en caso de que hayas cumplido con todas tus obligaciones tributarias".
De inmediato, aclaran: "Algunas consideraciones sobre la información que te mostramos en el servicio Nuestra Parte -sinceramiento fiscal, para evitar confusiones":
-"Toda la información que se exhibe son datos aportados a la AFIP por terceros, tales como el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, escribanos, entidades financieras, entre otros".
-"Activos no declarados. Aquí se detallan únicamente los bienes que no aparecen en tu declaración jurada, con las siguientes aclaraciones:
a. Cotitularidad: si el bien pertenece a dos o más personas (ejemplo: cuenta bancaria conjunta de un matrimonio), les aparecerá a todos los titulares, lo cual no significa que todos ellos deban declararlo, sino únicamente a quien o quienes corresponda.
b. Autos: pueden figurar automotores que a la fecha ya no tenés. Esto tal vez se deba a que en algún momento no realizaste el trámite pertinente, como por ejemplo darlo de baja por un siniestro o desguace, o transferirlo por cambio de titularidad o de radicación. También puede ocurrir que aparezca un auto que ya tenés declarado, porque hay errores de tipeo al escribir la patente en la declaración jurada.
c. Plazo fijo: debés considerar que puede haber diferencias si el plazo fijo lo declaraste con la parte de intereses que se acumularon hasta el 31 de diciembre de cada año o no".
En paralelo, los bancos trabajan en la apertura de las cuentas para que los contribuyentes interesados comiencen a blanquear.
En tres bancos consultados por LA NACION afirmaron que esas cuentas estarán disponibles entre la semana próxima y la siguiente, luego del correspondiente ajuste de los sistemas informáticos.