Con el objetivo de avanzar en el control de la evasión en carnes, el Gobierno creó el Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas.
Como en granos, donde también existe un registro, la Afip decidió implementar
un registro para carnes a través de la resolución 3873, publicada hoy en el
Boletín Oficial.
Según un reciente estudio de los frigoríficos exportadores, en toda la cadena de carne vacuna la informalidad rondaría los 1000 millones de dólares.
De acuerdo a la resolución oficial, podrán anotarse en el registro:
a) Productores, criadores y cabañeros de hacienda bovina/bubalina
b) "Feed Lots" (establecimientos de engorde a corral de hacienda bovina/bubalina)
c) Invernadores de hacienda bovina/bubalina
d) Establecimientos faenadores y/o frigorífico de hacienda bovina/bubalina.
e) Consignatarios y/o comisionistas de hacienda bovina/bubalina
f) Consignatarios directos de hacienda bovina/bubalina.
g) Consignatarios de carnes de hacienda bovina/bubalina.
h) Mercados concentradores, ferias o predios feriales donde se comercialice hacienda bovina/bubalina.
i) Matarifes -abastecedores y carniceros- y toda otra modalidad de usuarios de faena de hacienda bovina/bubalina.
j) Comercializadores de subproductos comestibles y no comestibles de origen bovino/bubalino.
Según el artículo 9 de la norma, para permanecer en el registro los contribuyentes deberán mantener una "correcta conducta fiscal". De hecho, si se verifican incumplimientos el registro podrá suspenderlos.
El registro se plantea como optativo, pero tiene elementos que harán que a los operadores no les quede otro camino que anotarse.
"El beneficio es que los que estén inscriptos en el registro tendrán menores retenciones, pagos a cuenta y percepciones que si no lo están. Si bien es optativo inscribirse, se van a ver obligados por una cuestión financiera. A modo de ejemplo, si un establecimiento faenador compra hacienda directa a productor con destino a faena, el pago a cuenta (de IVA) si se encuentra inscripto es de $ 45 por cabeza. En cambio, si no está inscripto o si está excluido o suspendido el pago a cuenta será de $70 por cabeza", explicó Alejandro Larroudé, de la consultora Barrero & Larroudé.