En un ambiente inflacionario en que no existe actualización periódica automática de losparámetros nominales que definen los montos a pagar por determinados impuestos, existirán fuertes oscilaciones en el peso real que adquieren los tributos, sobre los presupuestos familiares o empresariales. Ello, sumado al efecto de las subasde precios, vuelve también menos previsible a los ingresos reales de bolsillo de lostrabajadores, según informó IERAL.

El caso más debatido en Argentina lo constituye el impuesto a las Ganancias en sucuarta categoría. Ante tal situación, cuando se discuten anualmente salarios, elaumento final de las remuneraciones ya no solo depende de la demanda de sindicatosy propuestas de representantes de empresas, sino también de la decisión (o no) delgobierno de ajustar los parámetros del impuesto correspondiente.

Sin embargo, también existe otro impuesto en similar situación, que no ha suscitado elmismo nivel de debate. El gravamen sobre los Bienes Personales fue ajustado en suestructura (mínimo no imponible y escalas) en 2007 y se ha mantenido constantedesde entonces, mientras que el valor nominal de los inmuebles se ha triplicado.

De esta forma, el efecto conjunto de no ajuste por inflación en ambos impuestos haido incrementado la presión tributaria sobre los trabajadores a lo largo de los últimos15 años, incluso cuando tanto el poder adquisitivo como el patrimonio se ha mantenidoconstante.

Como en todos los últimos años, el impuesto a las ganancias sigue en el debate por sufalta de actualización anual en una economía inflacionaria. Los argumentos oficiales,principalmente por parte del Ministro de Economía, insisten en la progresividad delimpuesto y en la necesidad de recursos para financiar gastos sociales. Ambosargumentos son claramente cuestionables.

El primero, porque tras una serie de parches que se le introdujeron al impuesto en losúltimos años, ahora la mayoría de los trabajadores o no son alcanzados por elimpuesto o lo son con la alícuota máxima del 35%. Esto es, un trabajador que en 2013obtenía un salario apenas por debajo de $15 mil mensuales en 2015 no paga elimpuesto (alícuota 0), y si estaba apenas por arriba de ese monto ahora es alcanzadopor el impuesto, lo más probable que con una alícuota del 35%. Si se trata de unasalariado con ingresos varias veces superiores (por ejemplo, un jerárquico con $100mil mensuales de ingresos) también paga la alícuota máxima del 35%. Así las cosas,los variados parches introducidos al impuesto desvirtuaron en gran medida su carácterprogresivo, o se tiene ahora una progresividad muy particular.

Desde la esfera oficial suele afirmarse que no se actualiza Ganancias porque seperdería recaudación que se utiliza para financiar gasto social, como la AUH. Noobstante, como ya se adelantó, se trata de un argumento cuestionable, pues actualizarlos parámetros por inflación no significa disminuir la recaudación del impuesto, sinoevitar que ésta siga subiendo en forma injustificada por arriba de la inflación einclusive del PIB nominal, y por ende extrayendo una porción cada vez mayor de lossalarios de los trabajadores.

Puede observarse a continuación que la recaudación delimpuesto a las Ganancias y de Bienes Personales han aumentado en los últimos añosmucho más que el gasto en la Asignación Universal por Hijo (y por embarazo, a partirde 2012). Cuando fue originalmente instituida en 2010, el gasto en este concepto eraequivalente al 28% de la recaudación total de Bienes Personales y Ganancias sobrePersonas Físicas. Mientras tanto, en 2014 este valor ha descendido hasta el 14%,producto del incremento que se ha verificado en la recaudación de los mencionadosimpuestos, al no contar con ajuste automático por inflación.

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