El Gobierno dispuso que las empresas autorizadas a emitir certificados de depósitos y warrants comuniquen, de manera mensual y bajo juramento al Ministerio de Agricultura de la Nación, la suscripción de estos instrumentos financieros.
Según informó la agencia DyN, la disposición -se hizo efectiva a través de la resolución 576/14 publicada ayer en el Boletín Oficial- modifica una norma de 1998 e implica un mayor control sobre el movimiento de granos.
En los considerandos, el secretario de Agricultura, Gabriel Delgado, expresó que deberá reportarse del 1º al 10 de cada mes "la información relativa a los certificados de depósito y a los warrants expedidos con fines comerciales y de aquellos que sean emitidos con carácter financiero a través del endoso correspondiente.
Ello permitirá un adecuado seguimiento de la evolución del instrumento teniendo en cuenta los fines para los cuales es utilizado". La información requerida "deberá cumplimentarse a partir de la declaración jurada correspondiente a enero de 2015" y deberá detallar producto, unidad, cantidad, valor del warrant, moneda, fecha de emisión y de vencimiento, y domicilio del depósito.