Además se elevó el límite máximo de tenencia por titular del 1,25% al 2,5% y en el caso de sociedades comerciales –incluyendo sus integrantes, empleados y dependientes- ese máximo se ha elevado del 2% al 5%.
Además las asociaciones civiles sin fines de lucro vinculadas con la producción, comercio o industria de granos también podrán ser titulares de hasta un 5% del capital social.