El miércoles pasado comenzó a circular versiones sobre cambio en la aplicación del Registro de Operaciones de Exportación de Lechería (ROEL). Se informó que la norma que hasta ahora se aplicaba para leche en polvo, quesos y leches en polvo modificadas con grasas vegetales, se iba a exigir también en dulce de leche, suero y otros lácteos y derivados.

Al ser consultado por INFORTAMBO.com, Miguel Paulón desmintió esta versión y afirmó que lo de la semana pasada se trató de un "error burocrático". "El miércoles apareció la noticia de que no se autorizaba algunos embarques por la falta de ROEL. La versión era que el MinAgri había solicitado pedido el registro para todos los productos lácteos. Eso siguió ocurriendo durante el jueves y el viernes el CIL hizo algunas gestiones en la Secretaria de Comercio se normalizó la situación", informó el directivo al tiempo que enfatizó que los ROEL se van a seguir aplicando a los mismos productos de siempre".

LO QUE DICE LA NORMA

Los ROEL entraron en vigencia a partir del 16 de agosto de 2009. Fueron creados por la Resolución 61/2007 del Ministerio de Economía y Producción a través del "Programa de Estabilización de Precios de Productos del Sector Lácteo Destinados al Mercado Interno". Para cumplir con este plan, la ONCCA implementó un registro de contratos de compraventa al exterior de productos lácteos (ROEL), de inscripción obligatoria para todos aquellos que deseen participar de dicho mercado. Posteriormente, por la Resolución ex ONCCA Nº 6686/2009, se aprueba el procedimiento de inscripción en el Registro de Operaciones de Exportación, denominado ROE BLANCO, debiendo los exportadores presentar con carácter de declaración jurada el formulario de Solicitud de Roe Blanco como requisito para la exportación de las mercaderías comprendidas en el Régimen que son las leches en polvo, los quesos y las leches en polvo modificadas con grasas vegetales.

Según la resolución 6686/2009 de la ONCCA, para acceder al ROEL los interesados deberán:

  • Estar inscriptos en el Registro de Operadores del Sector Lácteo.
  • Presentar la DJ 020, que se descargará de esta misma página. Deberán completarse dos copias, una para la ONCCA y otra para el productor. Junto con la DJ, se deberá presentar la factura comercial de venta y/o contrato de venta y el permiso de embarque.
  • Luego de efectuados los cruces informáticos pertinentes, la solicitud de ROEL se resolverá en 5 días hábiles.
  • Las autorizaciones de ROEL estarán sujetas a la garantía de un stock de 25.000 toneladas de leche en polvo por parte de las usinas lácteas, a fin de garantizar el abastecimiento del mercado interno.