El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos prorrogó hasta el próximo 1° de junio el plazo para la presentación de las declaraciones juradas de daños por emergencia agropecuaria. Este procedimiento es para los productores que se encuentran dentro de las zonas incluidas en el informe que la Comisión de Emergencia elevó al Ejecutivo como afectadas por la sequía.
La decisión de extender el tope se dio en virtud de los pedidos realizados a los legisladores departamentales por productores de la zona, quienes por distintos motivos se verán impedidos de presentar los documentos dentro del plazo originalmente previsto, que era hasta el 16 del corriente.
Amplias regiones del norte y noroeste cordobés sufren desde hace tiempo la ausencia de precipitaciones, por lo que la Comisión elaboró a mediados del mes pasado un relevamiento que declara en estado de emergencia y/o desastre agropecuario a los contribuyentes o productores agrícolas, ganaderos y de otras actividades de las siguientes pedanías y departamentos:
Departamento Cruz del Eje: pedanías Candelaria, Cruz del Eje, Higueras, Pichanas, San Marcos.
Departamento Ischilín: pedanías Copacabana, Manzanas, Parroquia, Quilino, Toyos.
Departamento Minas: pedanías Argentina, Ciénaga del Coro, Guasapampa, San Carlos.
Departamento Pocho: pedanías Chancaní, Parroquia, Represa, Salsacate.
Departamento Punilla: pedanías Dolores, Rosario, San Antonio, San Roque, Santiago.
Departamento Río Seco: pedanías Candelaria Norte, Estancia, Higuerillas, Villa de María.
Departamento San Alberto: pedanías Ambul, Carmen, Nono, Panaholma, San Pedro, Toscas, Tránsito.
Departamento San Javier: pedanías Dolores, Luyaba, Rosas, San Javier, Talas.
Departamento Sobremonte: pedanías Aguada del Monte, Caminiaga, Cerrillos, Chuña Huasi, San Francisco.
Departamento Tulumba: pedanías Dormida, Inti Huasi, Parroquia, San Pedro.
También se incluyen una franja de productores ubicados en las pedanías Mercedes (Tulumba) y Candelaria Sur (Río Seco).
El período de vigencia de la emergencia se estableció en 180 días, hasta el 13 de octubre del corriente año. Es importante destacar que los productores cuyos establecimientos estén en las zonas incluidas, deberán solicitar y presentar sus formularios de declaración jurada de daños en las agencias zonales de la cartera agropecuaria más cercanas. De esta manera, los técnicos podrán verificar de manera certera la gravedad de la situación por la que atraviesan.
Cabe recordar que los beneficios que otorga la declaración de emergencia o desastre son la prórroga o exención impositiva, además del acceso a distintas herramientas crediticias que se pueden implementar desde las bancas oficiales, entre otros. Para los productores que no hayan entrado en este listado, se les extenderá el certificado de daños para presentar a los organismos que consideren pertinente.