El objetivo básico de la norma era fundamental, el de garantizar el derecho a la salud y una alimentación adecuada, a través de cambios en el etiquetado frontal de los alimentos, que venían a suplantar la información nutricional anterior, pero de una forma drástica, impactante y que incluso generaba cálculos que comenzaron a perjudicar a productos que se enlistan entre los saludables.

La Ley hablaba, al mismo tiempo, de la promoción de hábitos saludables y la entrega de información nutricional clara y comprensible sobre alimentos envasados, permitiendo decisiones de consumo informadas y responsables. Se abría ahí una disociación con los sueltos, con los vendidos a granel, que pierden esas advertencias, las que en definitiva en estos años no lograron evitar la mal nutrición, no consiguieron la baja en el consumo de productos no saludables, para evitar las enfermedades crónicas no transmisibles, que dependen de los hábitos de cada individuo.

Con gran debilidad en los planteos por parte de la industria alimenticia en general, no porque no sean certeros, desde las lácteas en particular, la Ley perjudicó mucho a los productos del sector. El tiempo permitió explicar de mejor forma las necesidades de adaptación para que los octógonos negros se adecuen a los lácteos de forma precisa y estén presentes sólo en los casos necesarios.

Fue el 26 de diciembre que en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicaron modificaciones en la normativa, que por disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica presenta un nuevo Manual de Aplicación de la Ley N° 27.642 y modificatorias de criterios en la interpretación del Decreto N°151/22, respecto al Rotulado Nutricional Frontal, además de la Disposición 11378/2024 que modifica aspectos vinculados a la publicidad, promoción y patrocinio respecto a a alimentos y bebidas analcohólicas envasados, que contengan al menos un sello de advertencia.

Lo más saliente es que si un alimento tiene agregado de azúcares, sodio, grasas totales o saturadas, se debe verificar únicamente si excede los criterios establecidos para el componente añadido.

Se podrá volver a utilizar Información Nutricional Complementaria para destacar atributos positivos, ya no sólo lo negativo del producto, impactando a la vez en la publicidad de los mismos. Además, la leyenda sobre el contenido de edulcorantes sólo aplicará para ingredientes que cumplan con la función edulcorante, no como hasta ahora cuando se los utilizaba en casos como humectantes.

Esto se dio por impulso de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, con especial énfasis en el tratamiento de los productos lácteos, corrigiendo distorsiones generadas por el uso excesivo de sellos de advertencia, destacando las propiedades nutricionales benéficas de estos alimentos.

“En el caso particular de los productos lácteos, solamente se contabilizará como añadida la cantidad de grasas totales y su proporcional de grasas saturadas que excedan las grasas aportadas por una leche utilizada en la elaboración de hasta un 6% de grasa total”, explicaron desde la Dirección Nacional de Lechería.

Por lo tanto, los quesos semiduros, duros y la mayoría de quesos blandos, quedan exentos de los octógonos de grasas totales, grasas saturadas y calorías; lo que también aplica a yogures, cremas, ricotas y quesos de alta humedad o contenido graso.

Además, se realizaron modificaciones que alcanzaron a los yogures descremados y quesos sin sodio agregado, o con niveles dentro de valores críticos, los cuales ya no llevarán el sello de "Alto en Sodio".

Uno de los puntos más relevantes es que a partir de ahora los lácteos podrán destacar en etiquetas y publicidades sus beneficios nutricionales, incluso si llevan octógonos por otros nutrientes.

Las autoridades destacan que “las reformas conseguidas representan un positivo y notable avance para el sector lácteo, incentivando una comunicación más completa y transparente de las propiedades y bondades nutricionales de los productos derivados de la leche, y al mismo tiempo, promoviendo un consumo informado y saludable”.

Se puede añadir que estas modificaciones van a mejorar la competitividad de los productos argentinos que se exportan, ya que en el comparativo los sellos de nuestro país excedían la normativa vigente en países limítrofes y los afectaban a nivel de mercados.

Por Elida Thiery - Bichos de campo