La Cámara de Exportadores de la República Argentina - C.E.R.A. envió el miércoles pasado una carta al ministro de economía, Sergio Massa, firmada por el Ing. Fernando Landa, presidente de la institución, en la que manifestó su sorpresa y profunda preocupación ante la reciente Comunicación "A" 7771 emitida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). La misma deroga la excepción establecida en la Comunicación "A" 7433 para el código de concepto "S02. Servicios de fletes". Esta medida impone la obligatoriedad de contar con una declaración aprobada por el Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE) para acceder al mercado de cambios y realizar pagos al exterior por dicho servicio.
Más allá del impacto que el constante y acelerado cambio normativo tiene en las decisiones de inversión y empleo de los emprendedores en nuestro país, el impacto negativo resultante es aún mayor si se considera la perspectiva del cliente externo. Una logística eficiente y la inclusión del servicio de flete, de manera que se elimine la incertidumbre para el comprador respecto al proveedor distante, resultan cruciales para establecer y/o mantener nuestra participación en las cadenas globales de valor.
La Comunicación "A" 7771 genera una verdadera disrupción sin precedentes en el comercio internacional de nuestro país, al eliminar la posibilidad de utilizar ciertas Cláusulas Incoterms habituales. La logística que nos conecta con el mundo, la cual ya presenta obsolescencias como el caso del calado del Puerto de Buenos Aires, ha sufrido la pérdida de rutas y una gradual transformación en "feeder" de otros puertos de la región. Resulta inédito que un país no pueda realizar el pago de sus fletes.
"No tenemos la menor duda de que esta medida tendrá como consecuencia una drástica caída en las exportaciones, un aumento significativo en los costos logísticos y, por ende, una menor entrada de divisas al país, incrementando así las tensiones cambiarias. Esta disrupción también provocará pérdidas inmediatas de mercaderías que no podrán ser embarcadas a corto plazo" manifestó Fernando Landa.
Resulta difícil comprender la aplicación de esta medida a las exportaciones argentinas, ya que cualquier venta que incluya Cláusulas Incoterms con servicios adicionales al valor de la mercadería (flete, seguro, pago de impuestos en destino, entre otros) son reembolsados al momento del pago por parte del proveedor y, por supuesto, liquidados mandatoriamente en el mercado de cambios.
Se antepone un proceso que no reconoce antecedentes internacionales, de cuestionable legalidad frente a los compromisos internacionales de nuestro país y que tiene la certeza de un fuerte impacto negativo en la competitividad nacional.
"Esta medida pone al exportador en una situación de minusvalía y que, paradójicamente, no tiene efecto alguno en términos de ahorro de divisas. Contrariamente, reiteramos enfáticamente, lo único previsible es una caída adicional de nuestra presencia en los mercados internacionales y de la generación de dólares genuinos" refuerza Landa.
Si la intención de esta normativa, que debiera ser suspendida temporariamente, es aplicar un mejor control a los pagos de fletes, C.E.R.A. reafirma su compromiso de trabajar en conjunto para encontrar soluciones que promuevan el desarrollo económico y fortalezcan el sector exportador del país. Asimismo, insta a las autoridades competentes a revisar esta medida y a considerar las consecuencias perjudiciales que implica para la competitividad y presencia internacional de la Argentina.