Es importante aclarar que toda actividad implica un riesgo y saber lidiar con dichos riesgos es un elemento inevitable de la propia condición humana.
La Federación Argentina de la Ingeniería Agronómica reafirma el valor de la innovación biotecnológica como herramienta estratégica para el Desarrollo Nacional.
Son numerosos los campos del conocimiento donde se desarrollan los eventos biotecnológicos, comprenden áreas como la atención de la salud, con el desarrollo de antibióticos y nuevos enfoques para el tratamiento de enfermedades; en la agricultura, con el desarrollo de cultivos y alimentos mejorados; con usos no alimentarios de los cultivos, por ejemplo plásticos biodegradables, aceites vegetales y biocombustibles, con el cuidado medioambiental a través de la biorremediación, como el reciclaje, el tratamiento de residuos y la limpieza de sitios contaminados por actividades industriales.
La FADIA reconoce que la toma de decisiones normativas y de resguardo de los intereses privados y colectivos en nuestro sistema democrático republicano y federal, recae en los representantes de los pueblos tanto en el ámbito nacional, como en los provinciales y municipales y en las autoridades judiciales de cada jurisdicción, lo que constituye un honor .
Esa responsabilidad que les cabe, la FADIA entiende debe ser ejercida basada en conocimientos y no en preconceptos, utilizando la información oficial pública técnica disponible, asesorándose , en casos de prácticas agronómicas específicas con las instituciones que poseen el conocimiento adecuado para responder a esa demanda.
En materia de Biotecnología vegetal la FADIA destaca y reconoce el trabajo realizado por numerosos profesionales del sector público y privado, de la investigación y el desarrollo, de las aéreas de control y evaluación. La COMISIÓN NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGÍA AGROPECUARIA (CONABIA) es un claro ejemplo de labor realizada con excelencia y profesionalidad.
Estos aportes al desarrollo científico tecnológico argentino persiguen la búsqueda de encontrar soluciones para adaptar nuestros cultivos a las variaciones climáticas, evitando pérdidas productivas que resienten los ingresos que Argentina necesita para desarrollarse.
Desacreditar su tarea es menospreciar los conocimientos de un enorme número de científicos, investigadores y evaluadores, muchos de ellos de reconocida trayectoria nacional e internacional.
El principio precautorio contiene tres elementos o presupuestos necesarios para su configuración: la ausencia de información o certeza científica; la evaluación del riesgo de producción de un daño y el nivel de gravedad del daño.
El Principio precautorio no es ni debe ser confundido con el intento de imponer una visión de “buenos” y “malos”, deslegitimar proyectos, inversiones y actividades.
Como bien afirma la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), en los fallos vinculado a este principio ambiental (salas Fallos: 332:663. y telefonías móviles Fallos: 342:1061 (2019):
No se debe prohibir de manera impulsiva. La CSJN requiere un juicio de ponderación razonable previo.
No se debe prohibir de manera “intuitiva”. La CSJN requiere un adecuado balance de riesgos, costos y beneficios”.
No se deben imponer medidas de suspensión temporaria o prohibición en forma “mecánica” o “automática”. La CSJN exige, como mínimo, la demostración previa de la posible concreción del daño, no bastando solo con enunciarlo.
Prohibir debe ser una medida excepcional, solo aplicable cuando se demuestra con pruebas “duras” la posible concreción del daño.
Se aconseja propiciar una regulación estricta de la actividad a una prohibición sin argumentos.
Como profesionales de la Ingeniería Agronómica, formados para atender el desarrollo, manejo, utilización, control de ciclos biológicos en el ámbito agroproductivo, ofrecemos nuestro conocimiento para acompañar decisiones basadas en ciencia y en manejos sustentables de nuestros recursos.