La Bolsa de Comercio de Santa Fe expresa su gran preocupación ante la rápida aprobación por parte de la Cámara de Diputados de la provincia del proyecto de ley, que incrementa los impuestos a los Ingresos Brutos e Impuesto Inmobiliario sobre la comercialización de productos agrícolas y la actividad financiera, respectivamente. Asimismo, apela a la serena evaluación de la iniciativa por parte de los integrantes de la Cámara de Senadores.
El proyecto modifica el Apartado I, del inciso d) de la Ley impositiva Anual N° 3.650 y sus modificatorias, e incorpora al Código Fiscal (ley N° 3.456 y modificatorias), el artículo N° 156 bis.
Respecto de la primera norma mencionada, según el proyecto aprobado, se incrementa la alícuota diferencial de Ingresos Brutos para la actividad de comercio al por mayor y menor de agroquímicos, semillas y fertilizantes, estableciendo una alícuota del 1% cuando “la actividad de comercialización de cereales, forrajeras, oleaginosas y cualquier otro producto agrícola sea efectuada por cuenta propia por los acopiadores de esos productos y sean contribuyentes y/o responsables cuyos Ingresos Brutos superen los $ 289.300.000”.
En cuanto al Código Fiscal, con el Art. 156 bis, se propone incorporar “un adicional de 300% del Impuesto Inmobiliario para todos aquéllos inmuebles que sean utilizados en el desarrollo de actividades de comercialización y acopio de productos agrícolas, de transformación de cereales y oleaginosas así como de actividades efectuadas por los bancos e instituciones financieras comprendidas en la ley nacional N° 24.526”.
La reforma promovida está fundamentada en la necesidad de contar, por parte de la provincia, con más recursos propios por la eliminación del Fondo Federal Solidario, denominado Fondo Soja, y los subsidios al transporte.
Recordemos al respecto que el Fondo Soja, fue una imperfecta creación surgida de la situación de conflicto entre el Poder Ejecutivo Nacional y el campo, en 2009.
De modo que no es razonable invocar el cese de esa anomalía -que en los hechos ha perjudicado a la provincia de Santa Fe- como fundamento de un incremento impositivo que vuelve a afectar al sector más competitivo de la economía provincial.
La Bolsa de Comercio de Santa Fe invita a un más profundo estudio de la iniciativa legislativa, por parte de los integrantes de la Honorable Cámara de Senadores de la provincia, cuerpo que completará la consideración del proyecto antes de convertirlo en ley, en razón de la mayor presión impositiva que se ejercerá sobre empresas radicadas en la provincia y su incidencia en toda la cadena agroindustrial, en particular sobre los productores y proveedores del sector.
Como consideraciones generales, la BCSF señala:
- Para lo que resta de 2018, los recursos que dejarán de percibir las provincias vía coparticipación del Fondo Federal Solidario, serán compensados a través de la implementación del Programa de Asistencia Financiera para Provincias y Municipios; Decreto 836/2018.
- A partir de 2019 se espera que la mayor recaudación originada por la disminución de los reintegros a la exportación, genere mayores fondos a ser distribuidos entre las provincias.
- En cuanto a los subsidios al transporte, se trata de un tema que está siendo debatido a nivel nacional. La aprobación de un conjunto de proyectos complementarios que acompañan la ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Nación para el año próximo, por parte del Congreso de la Nación, guarda relación con la constitución de un Fondo Compensador para el Transporte, hasta que las provincias puedan asumir el traspaso.
En cuanto a las modificaciones planteadas por el proyecto, la Bolsa de Comercio de Santa Fe señala:
- El Impuesto Inmobiliario es un impuesto patrimonial, es decir un impuesto que grava manifestaciones de la riqueza de personas físicas o jurídicas. Consecuentemente, considera que no se aplica sobre ingresos o transacciones sino sobre el valor de los bienes del sujeto pasivo.
- De acuerdo a lo antedicho, la modificación planteada por el proyecto implica integrar patrimonio con actividad.
- Además de ser un tema de discusión teórica en sí, el proyecto genera incertidumbre en cuanto a su aplicación. Es decir, sobre la forma en que se va a integrar información sobre propiedad de inmueble y utilización.
Asimismo, la Bolsa de Comercio de Santa Fe sostiene que el proyecto de marras debió haber sido considerado en el seno de la Mesa de Análisis Tributario, creada por el artículo 34 de la Ley 13.617, en el ámbito del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe; tratamiento que no ocurrió, a pesar de que está conformada por funcionarios públicos y representantes de las Cámaras de Diputados y de Senadores y del sector privado.
Por último, la Bolsa de Comercio de Santa Fe se pone a disposición de los integrantes de la Honorable Cámara de Senadores de la provincia, para profundizar el análisis de la incidencia de una mayor presión tributaria para las empresas, máxime en un momento complejo para el país, que obliga, entre otras, a estudiar vías de solución que no provengan de una mayor carga fiscal sobre los sectores de la economía real.