El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso, a partir del 22 de noviembre, la obligatoriedad en todo el país del Documento de Tránsito vegetal (DTV) para el traslado de frutos de las especies hospedantes de Anastrepha fraterculus (mosca sudamericana) y Ceratitis capitata (mosca del Mediterráneo).
La medida, fue establecida por la Disposición N° 13/2018, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del director nacional de Protección Vegetal del Organismo, Diego Quiroga.
El DTV, de uso obligatorio a partir de la Resolución Senasa N° 31/2015 se esta implementando de manera gradual. A la fecha, alcanza al movimiento de fruta fresca cítrica, uva, pimiento, durazno, nectarina, hortalizas pesadas como papa, batata, ajo, cebollas y tubérculos andinos, así como también el movimiento de los hospedantes de moscas de los frutos y carpocapsa que ingresan desde la zona libre, el de los productos y subproductos del algodón, y el de los materiales de propagación (plantines).
La norma, además, exime de emitir la Declaración Jurada de Productos y Subproductos de Origen Vegetal a todos aquellos que se encuentren obligados a transitar con el DTV.
Los infractores a la Disposición 13/2018 serán pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo V de la Ley N° 27.233, y de las medidas preventivas que pudieran adoptarse según la normativa vigente.
Se recuerda que el DTV se emite en forma gratuita por autogestión a través del sistema informático Sig-DTV, disponible en el sitio web del Senasa. El único requisito para operar es estar debidamente registrado ante el Organismo.