La resolución general 4262 habilita al pago parcial o total de las deudas
embargadas en forma inmediata.
Hasta hoy, el contribuyente con fondos embargados debía recurrir a otros
recursos para poder levantar el embargo.
La flexibilización de los embargos, una medida que la AFIP había sumado a la
Reforma Tributaria aprobada a fines de 2017, incorpora la figura de la dación en
pago, mecanismo que permite utilizar los fondos embargados para cancelar el
embargo.
El contribuyente debe ingresar a la página web de la AFIP para tramitar el
levantamiento del embargo y luego podrá pagarla deudaen forma electrónica.
Cabe recordar que, hasta ahora, se le exigía hacer el trámite en forma
presencial en una dependencia del organismo.
Una vez que se concrete el pago a través de la entidad bancaria, se realizará el levantamiento de las medidas cautelares en forma automática, siempre que se haya abonado el total de la suma embargada.