Recientemente se presentó el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), una medida anunciada por el Ministro de Agroindustria Luis Miguel Etchevehere y el titular de AFIP Leandro Cuccioli.
En la presentación, además de la creación del SISA, se destacan estos puntos: -Los productores deberán presentar dos declaraciones juradas en el año, una con la siembra de la fina (en la cual se informarían los stocks) que sería en septiembre y otra con la siembra de la gruesa, que sería en febrero.
-En esas dos presentaciones, además, se reemplazarán los requerimientos del Senasa e Inase.
-No será necesario informar la producción de granos.
-Los plazos para las devoluciones de las retenciones de IVA pasan a ser de 45 días en vez de 60.
-Habrá un sistema de Scoring en base a la conducta de los contribuyentes, el cual determinará las alícuotas para las retenciones de IVA y de Ganancias. A los productores con nivel bajo en el Scoring se les retendrá el 5% de IVA y será sujeto a devolución el 5%. En cuanto a ganancias, no serán pasibles de retención, siendo este beneficio superador.
Para los productores que obtengan en el Scoring el nivel medio la retención de IVA será del 7% con una devolución del 6%, en cambio si el nivel es alto se le retendrá el 8% del IVA sin devolución y el 15% de ganancias.
El sistema SISA reemplazará al Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas (RFOG), el Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE), el Padrón de Productores de Granos Monotributistas, el Régimen Informativo de Capacidad Productiva y Producción, el Registro Nacional Sanitario (RENSPA), el Registro de Usuario de Semilla (RUS) y todos aquellos registros y/o regímenes informativos de los organismos intervinientes que los mismos determinen en el futuro.
La inscripción al SISA será obligatoria y gratuita para productores agrícolas, operadores y propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes, cualquiera fuera su título, y sus subcontratantes, de tierras rurales explotadas situadas en el país, siempre que se desarrolle el cultivo de dichas especies. Las notificaciones serán vía domicilio fiscal electrónico, eliminando las listas negras donde se publicaban las suspensiones y exclusiones en el Registro Fiscal de Operadores en el Boletín oficial.
Como se puede apreciar, va a resultar para los productores un verdadero respiro financiero si se termina efectivizado tal como se anunció el nuevo sistema de retención de IVA y de Ganancias en base al scoring. A su vez, la inclusión al SISA online va a ser mucho más simple y menos burocrática que el Registro Fiscal de Operadores.
Las demás obligaciones seguirán estando, pero agrupadas en dos declaraciones juradas anuales.
Ahora resta saber cómo se va a determinar el scoring en cada uno de sus
niveles.
Por Claudia Chiaradia y Lucas Aranguren, abogados especialistas en agro