En el medio de debates políticos y económicos relativos a los derechos a las exportaciones que paga el campo decidimos formularnos las siguientes preguntas. ¿Cuál sería el costo fiscal de eliminar los derechos de exportación (DEX) a la producción de granos, aceites y subproductos? ¿Es posible dejar sin efecto estas retenciones? ¿Qué peso tienen esos DEX sobre la recaudación total de la República Argentina? ¿Qué peso tienen sobre el total de impuestos que cobra el Gobierno Nacional sin computar aportes y contribuciones a la seguridad social ni recursos aduaneros? ¿Qué significación tienen los DEX que paga el campo y la agroindustria respecto de la recaudación nacional de los dos principales impuestos: al Valor Agregado (IVA) y a las Ganancias? ¿Cuál es la significación y relevancia de los DEX que paga la soja, el maíz y el trigo?
Para lograr respuesta a estos interrogantes, procedimos a efectuar una serie de cálculos y estimaciones que se detallan más abajo. Las principales conclusiones que obtuvimos fueron las siguientes:
- Los DEX que tributan la producción de granos, aceites y subproductos (los cuales habrían ascendido en el año 2014 a 64.601 millones de pesos) equivalen al 5% del total de la recaudación nacional del año 2014, al 8,5% de la recaudación de impuestos nacionales, al 19,4% de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado en dicho año y al 24,1% de los ingresos que se perciben por el Impuesto a las Ganancias.
- El rubro de mayor contribución dentro de los derechos de exportación que paga el campo, es el sojero. Incluimos aquí los DEX por las ventas externas de poroto de soja, harinas, pellets y aceite de soja. No se sumaron los DEX que pagan las exportaciones de biodiesel. Los DEX que tributa el complejo sojero habrían ascendido en el año 2014 a 53.006 millones de pesos. Esta cifra equivale al 4,1% del total de la recaudación nacional, al 7% de la recaudación de impuestos nacionales, al 16% de la recaudación del Impuesto al valor Agregado y al 19,8% de los ingresos que se perciben por el Impuesto a las Ganancias.
- El segundo rubro de mayor contribución dentro de los derechos de exportación que paga el campo, es el maíz. Los DEX que tributa el maíz habrían ascendido en el año 2014 a 7.640 millones de pesos. Esta cifra equivale al 0,6% del total de la recaudación nacional, al 1% de la recaudación de impuestos nacionales, al 2,3% de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado y al 2,9% de los ingresos que se obtienen por el Impuesto a las Ganancias.
- El trigo habría aportado por DEX la ínfima suma de 556 millones de pesos. Esta cifra equivale a menos del 0,1% total de la recaudación nacional, al 0,1% de la recaudación de impuestos nacionales, al 0,2% de la recaudación del Impuesto al valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias. Esta contribución tan escasa dispara la pregunta de porqué el trigo sigue teniendo derechos de exportación, a pesar de los sistemas implementados de devolución de retenciones. Evidentemente, existen otros factores que explican la decisión de continuar aplicando retenciones al trigo.
- En el año 2014 la recaudación total de Derechos de Exportación en la República Argentina ascendió a 84.088 millones de pesos. El campo y la agroindustria habrían contribuido con aproximadamente 64.400 millones de pesos, un 76,6% del total. Hay otros rubros que pagan derechos de exportación pero que no son productos que provengan del reino vegetal o la agroindustria. Es el caso de los productos minerales, los de las industrias químicas o petroleras, material de transporte, productos del reino animal, etc. Estos rubros aportarían el 23,4% restante de los DEX nacionales, es decir 19.687 millones de pesos. Como puede verse, su aporte es muy inferior al de los granos y la agroindustria argentina.
A continuación explicaremos la metodología de cálculo utilizada, ante la falta de información estadística desagregada en este tema:
a) Se procedió en primer lugar a agrupar las autorizaciones de ROEs Verdes (Declaraciones Juradas de Venta al exterior de productos agrícolas) del año 2014 en 16 categorías diferentes. Ellas son: soja, subproductos de soja (harinas y pellets), aceite de soja, girasol, subproductos de girasol, aceite de girasol, maíz, trigo pan, subproductos de trigo, sorgo, cebada, maní, arroz, maíz pisingallo, porotos y otros. Los resultados obtenidos se detallan en el cuadro N°1.
b) En el citado cuadro N°1 se consignaron las alícuotas de Derechos de Exportación aplicables a cada categoría. En el análisis no se incluyó biodiesel ni otros productos que se exportan sin ROEs pero que pagan Derechos de Exportación como es el caso de las mezclas para alimentación animal.
c) Como puede verse, la suma total de los ROEs verdes autorizados en el año 2014 asciende a 69,78 millones de toneladas, siendo las categorías más importantes las siguientes: 1°) Subproductos de soja (harinas y pellets) con 25,6 millones de toneladas, 2°) Maíz con 23,1 millones de toneladas, 3°) Poroto de soja con 7,8 millones de toneladas y en cuarto lugar Aceite de soja con 4,5 millones de toneladas.
d) Al tonelaje correspondiente a cada emisión de ROE Verde de los productos incluidos en las principales categorías se lo multiplicó por el precio FOB del día de la aprobación de la solicitud. Sobre dicho cálculo se aplicaron los derechos de exportación vigentes (DEX) y el resultado se convirtió a pesos al tipo de cambio de cada día (según la comunicación "A" 3.500 del BCRA). Para simplificar el análisis, la metodología de estimación no contempló el hecho de que el exportador tiene cinco días hábiles para abonar el 90% del DEX sobre el precio FOB oficial en las partidas a 180 y 365 días, algo que se vuelve relevante en ambientes de alta volatilidad y cambios bruscos del precio en poco tiempo.
Recordemos que el sistema funciona con tres alternativas:
d.1) Cuando no se pagan anticipadamente los derechos exportación, deben oficializarse las destinaciones de exportación ante la Aduana dentro de los 45 días desde la aprobación del ROE. d.2) En el caso de la soja y la mayoría de los productos, cuando se paga anticipadamente los DEX opera el denominado "ROE Verde 180 días". En este caso deben oficializarse las destinaciones de exportación ante la Aduana dentro de los 180 días desde la aprobación del ROE. El pago anticipado de los DEX debe realizarse a los 5 días hábiles de la aprobación del ROE.
d.3) En el caso del trigo y del maíz, cuando se paga anticipadamente los DEX, opera el denominado "ROE Verde 365 días". En este caso deben oficializarse las destinaciones de exportación ante la Aduana dentro de los 365 días desde la aprobación del ROE. El pago anticipado de los DEX debe realizarse a los 5 días hábiles de la aprobación del ROE.
e) Luego de haber obtenido los DEX por cada ROE se procedió a recategorizar en 11 rubros: Complejo Soja, Complejo Girasol, maíz, trigo y sus derivados, sorgo, cebada, maní, arroz, maíz pisingallo, porotos y otros. En esta última categoría (otros) se incluyeron emisiones de ROE Verde sobre 28 productos que para el total del año 2014 acumularon un volumen inferior a 100.000 toneladas cada uno. El aporte fiscal de estas ventas externas, cuyos permisos concedidos por UCESCI totalizaron 643.918 toneladas, se estimó en una suma equivalente a $ 100 millones de pesos en concepto de DEX.
f) Es necesario tener en cuenta que las categorías de ROE Verde son más generales que las nomenclaturas FOB. Por ejemplo, para ROES de "subproductos de soja" se tomó el FOB de los pellets, que son el subproducto más exportado, pero hay otros (expellers, pellets de cáscara, lecitina, etc.) cuyo valor FOB difiere sustancialmente. Agradecemos tomar con precaución nuestras estimaciones y supuestos adoptados, pero estamos convencidos que se trata de una aproximación bastante ajustada a la realidad ante la falta de información estadística.
g) En el cuadro N°2 puede observarse que en el año 2014 la recaudación total de Derechos de Exportación en la República Argentina ascendió a 84.088 millones de pesos. El campo y la agroindustria habrían contribuido con aproximadamente 64.400 millones de pesos, un 76,6% del total. Es preciso destacar que hay otros rubros que pagan derechos de exportación pero que no son productos que provengan del reino vegetal o la agroindustria. Es el caso de los productos minerales, los de las industrias químicas o petroleras, material de transporte, productos del reino animal, etc. Estos rubros aportarían el 23,4% restante de los DEX nacionales, es decir 19.687 millones de pesos. Como puede verse, su aporte es muy inferior al de los granos y la agroindustria argentina.
Evaluando ahora cada categoría y comparando con el total de los DEX tributados en nuestro país podremos inferir que el complejo sojero es el mayor aportante de DEX con 53.006 millones de pesos en el año 2014, lo cual representa el 63% del total de derechos de exportación que se pagan en nuestro país. Aquí estamos computando las exportaciones de poroto de soja, harina y pellets de soja y aceite de soja. No están incluidas las exportaciones de biodiesel.
El segundo rubro en importancia es el maíz, quien aporta 7.640 millones de pesos en concepto de DEX, cifra equivalente al 9,1% del total de DEX que se tributan en Argentina. En tercer lugar se encuentra la cebada con una contribución de 1.078 millones de pesos en derechos de exportación, cerca del 1,3% del total nacional de DEX.
Resulta bajísima la contribución del trigo y sus derivados. Los DEX que se recaudaron por estos productos en el 2014 habría sido de 556 millones de pesos, apenas el 0,7% del total nacional de DEX.
h) Finalmente comparamos los DEX que paga el campo y la agroindustria con la recaudación del Gobierno Nacional en el año 2014. Conforme al cuadro N°3, el Gobierno Nacional recaudó 1.280.307 millones de pesos el año pasado. Esta recaudación esta compuesta por: a) Impuestos con un total de 756.912 millones de pesos, b) Aportes y contribuciones a la seguridad social donde se recaudó 399.799 millones de pesos y c) Recursos aduaneros con ingresos por 122.255 millones de pesos. Precisamente en esta categoría se encuentran los Derechos de Exportación que según AFIP contribuyeron a la recaudación total con 84.088 millones de pesos. Según nuestras estimaciones, la producción de granos, aceites, harinas y subproductos habría aportado 64.401 millones de pesos en el 2014 en concepto de Derechos de Exportación.
i) Finalmente formalizamos las preguntas: ¿Cuál sería el costo fiscal de eliminar los derechos de exportación a la producción de granos, aceites y subproductos? ¿Qué peso tienen esos DEX sobre la recaudación total de la República Argentina? ¿Qué peso tienen sobre el total de impuestos que cobra el Gobierno Nacional sin computar aportes y contribuciones a la seguridad social y recursos aduaneros? ¿Qué significación tienen los DEX que paga el campo y la agroindustria respecto de la recaudación nacional de los dos principales impuestos: el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias?
El cuadro N°4 nos entrega las siguientes respuestas:
i1) Los DEX que tributan la producción de granos, aceites y subproductos -los cuales habrían ascendido en el año 2014 a 64.601 millones de pesos- equivalen al 5% del total de la recaudación nacional, al 8,5% de la recaudación de impuestos nacionales, al 19,4% de la recaudación del Impuesto al valor Agregado y al 24,1% de los ingresos que se perciben por el Impuesto a las Ganancias.
i2) El rubro de mayor contribución dentro de los derechos de exportación que paga el campo, es el sojero. Como indicamos antes, incluimos aquí los DEX por ventas al exterior de poroto de soja, harinas y pellets y aceite de soja. Los DEX que tributa el complejo sojero habrían ascendido en el año 2014 a 53.006 millones de pesos. Esta cifra equivale al 4,1% del total de la recaudación nacional, al 7% de la recaudación de impuestos nacionales, al 16% de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado y al 19,8% de los ingresos que se perciben por el Impuesto a las Ganancias.
i3) El segundo rubro de mayor contribución dentro de los derechos de exportación que paga el campo, es el maíz. Los DEX que tributa el maíz habrían ascendido en el año 2014 a 7.640 millones de pesos. Esta cifra equivale al 0,6% del total de la recaudación nacional, al 1% de la recaudación de impuestos nacionales, al 2,3% de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado y al 2,9% de los ingresos que se obtienen por el Impuesto a las Ganancias.
i4) El trigo aportó por DEX la ínfima suma de 556 millones de pesos. Esta cifra equivale a menos del 0,1% total de la recaudación nacional, al 0,1% de la recaudación de impuestos nacionales, al 0.2% de la recaudación del Impuesto al valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias. Se trata de una contribución absolutamente irrelevante.