La Subsecretaría de Comercio de la provincia del Chaco autorizó a comercios minoristas del ámbito provincial, como medida de excepción y hasta tanto se disponga lo contrario, a realizar el fraccionamiento interno de harina de trigo común (000) en envases de un kilogramo y de medio kilogramo, para la venta directa a sus consumidores.
La medida podrá ser implementada a partir de hoy por todos los comercios minoristas y supermercados, con el objetivo de menguar el precio final en beneficio del consumidor, permitiéndole obtener una diferencia importante en relación a lo que se paga por el producto manufacturado en góndola.
Según publicó El Portal Agropecuario, la disposición está vigente a través de la resolución 306 reglamentada a través de la Ley 22.802. El fraccionamiento de la harina se debe realizar a la vista del consumidor y reuniendo las condiciones higiénico-sanitarias previstas en el Código Alimentario Argentino, o bien poniendo a disposición del público una balanza homologada por el INTI para pesar los envases.