La Cámara Argentina de la Industria de Productos Veterinarios (CAPROVE) les recuerda que se debe dar cumplimiento a la resolución 128/2012 del SENASA y que alcanza a la totalidad de los establecimientos productores de leche de bovinos, caprinos y ovinos y los productores de carne de bovinos y caprinos, en la que se aprueba el nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina en la República Argentina, que se adecua a las nuevas circunstancias, problemáticas y exigencias actuales referidas a la enfermedad, ya que la misma provoca perjuicios económicos en la explotación ganadera limitando su producción y el comercio de exportación. Además, de ser una enfermedad que afecta a la Salud Pública por tratarse de una zoonosis.
Es importante tener en conocimiento que aún está abierto el plazo para la inscripción obligatoria en el Plan establecido por dicha Resolución, pues aquellos tambos y cabañas que no se hayan inscripto no podrán realizar movimientos de ganado ni emitir Documentos de Tránsito electrónico (DT-e) o Documentos de Tránsito Animal (DTA).
La Resolución, tiene como fin mejorar las posibilidades del sector agroalimentario, aumentando la eficiencia productiva de los rodeos nacionales, en la obtención de productos cárnicos y lácteos de alta calidad y sanidad, para poder evitar las pérdidas directas e indirectas que produce la tuberculosis y poder competir con mercados internacionales de carnes, lácteos y derivados que han erradicado la enfermedad.
"Desde CAPROVE coincidimos plenamente en que es necesario ir adaptando e implementando las medidas necesarias para evitar las pérdidas económicas y productivas que produce esta enfermedad y otras enfermedades que afectan a los rodeos. Consideramos este nuevo plan como un gran avance para controlar la tuberculosis", comentó el Dr. Patricio Hayes, Director Ejecutivo de la Cámara.