Al ordenar el uso del suelo en el nuevo ejido urbano de Río Cuarto, el Concejo Deliberante fijó nuevas exigencias ambientales para complementar la prohibición de fumigaciones aéreas con agroquímicos en proximidades de zonas urbanas, ya establecida por ley provincial.
De esta manera, se suma a las 18 localidades de la provincia de Córdoba que ya legislaron normas locales para regular y/o restringir esta actividad.
El ejido urbano de Río Cuarto pasó de 64 a 240 hectáreas, y casi el 90 por ciento del área incorporada es rural.
El cuerpo deliberativo tomó en cuenta el posible crecimiento urbano y determinó “zonas de anexión”.
A partir de estas y en una franja de 800 metros se delimitó la “zona agropecuaria 1” y, a continuación, la “zona agropecuaria 2”.
En todas esas superficies está expresamente prohibida la fumigación aérea, con cualquier tipo de agroquímico.
Desde la Universidad Nacional de Río Cuarto, organizaciones como la Juventud Libres del Sur, consideraron “un logro en la lucha” la prohibición de fumigaciones en la zona 1 y 2, pero opinaron que 800 metros de prohibición es insuficiente y debería llevarse a mil metros. Otros sectores ambientalistas apuntaron que la norma variará muy poco la realidad práctica actual.
Más estudios
El concejal opositor Eduardo Scoppa indicó que la llamada zona agropecuaria 1 que en gran parte hoy es ocupada por producciones agrícolas o frutihortícolas, “estará sujeta a estudios más rigurosos para avanzar en un diagnóstico del suelo”.
“No es que en esa área pegada a barrios, cada productor va a hacer lo que quiera. Deberá solicitar un permiso de uso del suelo y, tras una serie de análisis y estudios de impacto ambiental, se lo podrán otorgar sujeto a determinadas condiciones. También habrá una serie de controles cruzados (del Consejo de Control y Preservación del río Cuarto y del Instituto Municipal de Planificación Urbana) y auditorías ambientales”, explicó.
En febrero proseguirán las reuniones para redactar un capítulo especial referido al control de las fumigaciones manuales, porque en la mayoría de las quintas para horticultura se fumiga con mochila.
Scoppa dijo que “en vez de utilizar el criterio de la distancia en kilómetros desde área poblada, se prevé trabajar en terreno y recorrer cada área para legislar tomando como referencia caminos o lotes porque es muy irregular el territorio y hay particularidades que se deben tener en cuenta”.
Comentó que, entre otras metas, se estableció como objetivo que en un plazo de ocho años se reduzca la utilización de agroquímicos y avanzar en producción orgánica, “ir corriendo la frontera de utilización de productos químicos y paralelamente fomentar otro tipo de prácticas”.
“Más que una regulación o restricción, lo que tenemos que hacer en Río Cuarto es un ordenamiento porque el Estado no ha tenido presencia hasta hoy en estas tierras, en las que tenemos desde producciones agropecuarias hasta hornos de ladrillos en los que viven familias. Hay que tomar conocimiento, trabajar en cada lugar para incorporar al territorio a las políticas de la ciudad”, dijo.
Francisco Dell Agnola, de Libres del Sur, acotó que en el 2013 las organizaciones ambientalistas harán aportes para mejorar la ordenanza y reclamarán “una consulta popular para que se garantice el cuidado de la salud”.
Normas propias
La norma sancionada en Río Cuarto no impone muchas más restricciones que la que fija la ley provincial de agroquímicos, aunque ajusta el criterio para fumigaciones aéreas.
Las que legislaron
Hay 19 localidades cordobesas que dictaron mayores restricciones que la ley provincial. Son: San Francisco, Oliva, Oncativo, Alta Gracia, Huinca Renancó, Villa General Belgrano, San Marcos Sierras, Villa María, Mendiolaza, Jesús María, General Baldissera, Estación Juárez Celman, Toledo, Anisacate, Las Calles, Villa Ciudad Parque, Achiras y Las Bajadas.
Fuente: Diario La Voz del Interior